El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) confirma la doble sanción impuesta por la Dirección General de la Policía contra el policía nacional Alfredo Perdiguero y excandidato de Vox en varios municipios madrileños. El primer motivo de la penalidad se debe a causa de su aparición en el programa de Telecinco, Sálvame. El segundo, por un comentario en la red social de Twitter que publicaba tras identificarse asimismo como un agente del cuerpo policial.

Perdiguero ha calificado estas dos sanciones de “vergüenza” y el agente tendrá que hacer frente a una sanción de 45 días de suspensión de empleo y sueldo. Se trata del fallo que ha determinado el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en su sentencia 208/2023 del 16 de marzo por los magistrados de la Sala de lo Contencioso, Elvira Adoración Rodríguez, Ignacio del Riego, Santiago de Andrés y Manuel Ponte.

Primera sanción: aparecer en Sálvame

El 2 y 3 de noviembre, el también subinspector y representante del Sindicato Independiente de la Policía Española participó como invitado en el programa de televisión Sálvame. Durante su intervención estuvo comentando la desaparición de la esquiadora Blanca Fernández Ochoa, algo que por lo visto no gustó para nada a sus superiores.

De esta forma, la Dirección General de la Policía consideró que había cometido una falta grave tipificada en el artículo 10.2. de la Ley Orgánica 4/2010 del 20 de mayo del Régimen Disciplinario por no haber solicitado permiso para intervenir en el programa al departamento de prensa y relaciones informativas.

De hecho, el reglamento indica que se debe a “la infracción de deberes y obligaciones legales inherentes al cargo o a la función policial cuando se produzca de forma grave y manifiesta”. La primera penalidad atiende a 30 días suspendido de empleo y sueldo.

La primera penalidad atiende a 30 días suspendido de empleo y sueldo

Perdiguero asegura que estas declaraciones no son correctas porque ningún portavoz sindical tiene que pedir permiso para hablar en un medio de comunicación, por lo que, el candidato del partido ultraderechista recurrirá esta decisión. Del mismo modo, asegura que hizo referencia a otras informaciones ya reveladas por otros medios de comunicación y por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, según recoge Confilegal.

Además, ha reconocido que presentó una batería de estos alegatos en su recurso, pero que tampoco convenció a ninguno de los magistrados y pone de ejemplo “la falta de imparcialidad por parte del órgano instructor, una vulneración del derecho a la libertad de expresión y el derecho a la libertad sindical o que no se le notificó la suspensión del procedimiento por el estado de alarma”.

Segunda sanción: un tuit de un equipo de balonmano de Navarra

La resolución de la Dirección General de la Policía también dicta 15 días de suspensión de empleo y sueldo por realizar un comentario en Twitter. En esta publicación, Perdiguero escribió un tuit “en el que ponía en duda” que el equipo de balonmano de Navarra, Helvetia Anaitasuna, gritase “Gora ETA” mostrando “en su perfil la condición de Policía Nacional”.

Sus superiores consideraron que había cometido una falta grave tipificada en el artículo 10.2 bajo el concepto de “la grave desconsideración con los superiores, compañeros, subordinados o ciudadanos en el ejercicio de sus funciones o cuando se cause un descrédito notorio a la Institución policial”.

Captura de pantalla del tuit del agente nacional

Según las declaraciones recogidas por el citado medio, el acusado solo dijo en ese tuit que “era un montaje, nada más, es de traca” y que le parece "vergonzoso" que el TSJM no entrase en el fondo de la cuestión basándose en las palabras de los agentes policiales o el Abogado del Estado.

De esta forma, en su recurso argumenta que “en ningún momento acusó al equipo de balonmano de verter de forma voluntaria la expresión Gora ETA, sino únicamente si era esa la expresión proferida o era fruto de un montaje” y que “lo único que hizo fue dar difusión a un vídeo que ya era público y manifiesto”.

Pero los magistrados del TSJM ya declararon en su fallo que este comentario provocó toda una oleada de reacciones tanto en medios de comunicación como en las redes sociales, lo que supuso “una grave desconsideración hacia los ciudadanos y una repercusión negativa en el Cuerpo Nacional de Policía a nivel reputacional”