La valentía de la difusión de los audios de la víctima del Arandina ha remitido en el momento en el que sobrevolaban amenazas de cierre de cuenta de Twitter e incluso de prisión y sanción económica. El usuario - o Twitter - que difundió los datos privados de la menor ha eliminado el tuit que compartieron tanto Alfonso Ussía como Cristina Seguí, aunque el rastro no se puede suprimir por completo.

Como ya ocurriera con la víctima de ‘La Manada’, las filtraciones han comenzado. Tras darse a conocer la sentencia que condenaba a 38 años de prisión a los tres jugadores del Arandina por violar a una menor de 15 años, la ultraderecha puso su maquinaria en funcionamiento para salir en defensa de los tres penados y sembrar la duda sobre la joven.

Twitter se convirtió en un hervidero de críticas a la sentencia desde que el tribunal emitió el fallo, pero también en un pozo de filtraciones de los datos personales de la menor. Alfonso Ussía y Cristina Seguí fueron algunos de los rostros conocidos que han compartido en la red social los audios de la víctima. De hecho, ambos la califican como “manipuladora”.

Sin embargo, o bien el usuario o bien la propia red social eliminó el tuit con las grabaciones de voz de la menor. Esto ha supuesto que los retuits de Ussía y de Seguí se esfumasen. La cuestión es qué pasaría en este momento con el columnista de La Razón y la fundadora de Vox. 

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No obstantet, no es tan fácil deshacerse de un lastre en este mundo virtual. Todo lo que hacemos en la red deja rastro. Por si ambos no lo sabían, Rubén Sánchez, portavoz de Facua, se ha encargado de dejarlo claro a través de la misma red social.

Veo que Alfonso Ussía ha eliminado el retuit con el que difundió los audios de la niña de 15 años víctima de la violación en grupo de los jugadores del Arandina. Si la familia va a denunciarlo, tengo un certificado digital de RT a su disposición”, anunciaba el portavoz del organismo que defiende a los consumidores.

Captura del tuit de Rubén Sánchez

Sanción y prisión

La difusión de los mensajes tiene implicación en tres ámbitos legales distintos. La voz se considera un dato personal”, explica Samuel Parra a El Confidencial. Según las tesis de este jurista especializado en privacidad e Internet, difundir los audios sin el consentimiento de la persona en cuestión comportaría una infracción administrativa en cuanto a la protección de datos se refiere.

No obstante, se desliza una nueva arista en este ámbito. Si el contenido de los audios es íntimo, “se podría vulnerar la intimidad de la persona y se incurriría en un delito de revelación de secretos”. En caso de herir la intimidad y el honor, el caso se llevaría a través del Código Civil. “En este caso, la intimidad se ve afectada claramente, mientras que el honor depende del contenido de los mensajes”, explica Parra.

Con respecto a la difusión de los audios de la menor, no sólo podría caer el peso de la ley sobre el que publica, sino también sobre el que comparte. “Al hacer un retuit, es como si lo tuiteases tú. También al hacer una cita con retuit”, sentencia el jurista. En cambio, si se responde al tuit no existiría ningún problema legal.

“Lo que la legislación pretende es proteger la difusión del contenido, el medio por el que lo haga da igual: no importa si es un reenvío en WhatsApp, una publicación en Facebook o LinkedIn. En cualquier caso, estás consiguiendo que el mensaje llegue a tus seguidores”, zanja Samuel Parras.

Por último, preguntado por las consecuencias que podría acarrear una posible pena, Parras explica que dependiendo de la vía, la condena podría acarrear una indemnización de 20 millones de euros o entre 30.000 y 50.000 euros para casos como este.