España es el país con el mayor número de donaciones de órganos de todo el mundo y el Sistema Nacional de Salud cubre todas las intervenciones de este tipo. Aun así, según datos del Ministerio de Sanidad, un 10% de los receptores fallecen mientras esperan el trasplante.

Estas intervenciones están reguladas por la Ley de Trasplantes, que garantiza que la donación se hace de manera altruista sin que medie una transacción económica, así como que todos los ciudadanos tienen el mismo derecho de recibir un órgano, independientemente de su lugar de residencia o de cualquier otra coyuntura personal. Una red de coordinación a nivel nacional verifica que esto sea así.

¿Quién tiene acceso a un trasplante?

Personas enfermas que sufren un daño irreversible en uno de sus órganos (hígado, corazón, pulmón, intestino, páncreas y riñón) y no pueden curarse con otro tipo de tratamiento médico.

Listas de espera y criterios de asignación de los órganos.

Con el fin de garantizar los principios de igualdad y equidad los criterios se establecen teniendo en cuenta dos aspectos fundamentales: aspectos territoriales y aspectos clínicos. Los criterios territoriales permiten que los órganos generados en una determinada área o zona, puedan trasplantarse en esa misma zona, para disminuir al máximo el tiempo de isquemia (que es el tiempo máximo que puede transcurrir entre la obtención del órgano y su implante en el receptor). En los criterios clínicos se contemplan la compatibilidad donante/receptor y la gravedad del paciente. Existe un criterio clínico que está por encima de los criterios territoriales, la “urgencia 0”.

¿Qué tiene que hacer una persona para ser donante de órganos en España?

Lo primero es solicitar la tarjeta de donante, aunque hay que saber que ésta no tiene valor legal, sino únicamente testimonial, con lo que tras la muerte, la familia debe firmar su consentimiento. Por eso es importante que el donante manifieste en vida su voluntad de ceder sus órganos tras su fallecimiento y así sus familiares deberán respetar su voluntad.

Registro de voluntades anticipadas

En el documento de instrucciones previas se recoge que “una persona mayor de edad, capaz y libre, manifiesta anticipadamente su voluntad, con objeto de que ésta se cumpla en el momento en que llegue a situaciones en cuyas circunstancias no sea capaz de expresarlos personalmente, sobre los cuidados y el tratamiento de su salud o, una vez llegado el fallecimiento, sobre el destino de su cuerpo o de los órganos del mismo”. “El otorgante del documento puede designar, además, un representante para que, llegado el caso, sirva como interlocutor suyo con el médico o el equipo sanitario para procurar el cumplimiento de las instrucciones previas” (Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica).

¿Cómo solicito la tarjeta de donante de órganos?

Hay dos tipos: la de Donante Digital, que se puede descargar en formato PDF o mediante la instalación de una App para dispositivos móviles. Esta opción está disponible en la web Eres Perfecto para otros.

La Tarjeta Donante Física o Convencional se gestiona mediante la coordinación autonómica de trasplantes de su comunidad autónoma.  Puede encontrar en este enlace los teléfonos de contacto de los equipos de coordinación por cada región.

¿Puedo donar a la vez mis órganos y el cuerpo?

La donación efectiva de órganos no es compatible con la donación del cuerpo a la ciencia. En la intervención quirúrgica que se lleva a cabo para la donación, es imprescindible realizar también extracción de  arterias y venas. Esto impide que se puedan realizar las infusiones de líquidos necesarias para conservar el cadáver para estudio.

Para la donación del cuerpo a la ciencia, puede contactar con la Facultad de Medicina, Departamento de Anatomía y Embriología Humana más próxima a su localidad.

 En la actualidad se contempla la obtención de órganos viables para trasplante bien por fallecimiento en situación de muerte cerebral, bien en situación de fallecimiento por parada cardíaca.  Por tanto, no todas las personas que tienen intención de ser donante pueden llegar a serlo y acogerse a este servicio.

Pacientes extranjeros 

 El acceso al trasplante en nuestro país está limitado exclusivamente a los ciudadanos españoles y a aquellos extranjeros que tienen establecida legalmente su residencia en nuestro país.

Una misma persona puede tener más de una tarjeta de donante. Por ejemplo, puede tener la tarjeta emitida por un organismo en el país en el que reside, y por otro lado, puede tener otra tarjeta de otro país en el que haya residido o del que sea originario.

Cuando una persona muere y dona sus órganos, se dispone de muy poco tiempo para poder implantarlos en los receptores. Este factor hace que los órganos obtenidos de una donación, se implanten generalmente en el mismo país. En ocasiones, si los desplazamientos lo permiten, con el fin de conseguir de cada donación un aprovechamiento máximo, pueden intervenir equipos de varios países. En el caso de las colaboraciones de España con países próximos, encontramos naciones como Portugal, Francia o Inglaterra.