Tras no haber acuerdo con el SIMA, se mantiene la convocatoria de huelga de tripulantes de Easy Jet anunciada por USO. Los paros se producirán entre el miércoles 25 y el viernes 27 y afectará a los aeropuertos de Barcelona, Alicante, Málaga y Palma de Mallorca.
Los trabajadores denuncian las diferencias salariales existentes entre la base de la aerolínea en España y el resto de Europa, lo que ha llevado a más de 650 tripulantes a secundar la convocatoria, que afectará los trayectos de más de dos decenas de aviones.
¿Qué ocurre si estamos afectados por esos paros? ¿Podemos solicitar una indemnización? Podemos hacerlo si nuestro vuelo es cancelado o sufre un retraso de más de tres horas. En base a los derechos contemplados en en el reglamento CE 261/2004 de la UE, al ser una huelga secundada por personal de la aerolínea, el pasajero puede solicitar una compensación económica de hasta 600 euros, dependiendo de la distancia del trayecto.
Cómo hacerlo
Si nos vemos afectados por estos paros y nos quedamos sin vuelo o sufrimos un importante retraso debemos reunir toda la documentación posible, lo que pasa por la reserva del viaje, la tarjeta de embarque y los tickets de los gastos extra que tengamos que asumir, como comida, alojamiento o transporte. Asimismo, si tenemos cualquier comunicación de la compañía al respecto, es importante adjuntarla.
A continuación debemos presentar una reclamación por escrito a través de la web oficial de la aerolínea, en este caso Easy Jet. En la misma, debemos incluir nuestros datos de contacto, el número de vuelo y la fecha, un resumen de lo sucedido y una reclamación de compensación en base a la normativa vigente.
El reglamento contempla compensaciones de 250 euros para vuelos de hasta 1.500 kilómetros, 400 para aquellos que dentro de la UE superan esa distancia o alcanzan los 3.500 kilómetros; o 600 euros si se es aún mayor.
En caso de que el retraso o la suspensión de nuestro vuelo nos haga perder la conexión con otro, una reunión de trabajo importante o la noche de hotel, es posible presentar una reclamación adicional por daños y perjuicios, aunque en la mayoría de casos ya requiere un procedimiento legal.
Si la compañía aérea no responde o rechaza nuestra solicitud, se puede recurrir a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA).
Existen empresas especializadas en este tipo de reclamaciones, que se quedan con un porcentaje de la compensación en caso de conseguir la misma
Posible cambio en la normativa
No obstante, este derecho a percibir una compensación económica en caso de retraso o cancelación de nuestro vuelo podría cambiar en un futuro próximo si sale adelante la propuesta de modificación presentada por el Consejo de la UE, que el Parlamento debatirá próximamente. Si sale adelante, estas circunstancias de las aerolíneas se considerarán extraordinarias, al igual que las condiciones meteorológicas adversas o las huelgas de controladores aéreos, por lo que estarán exentas de compensaciones.