El juez Joaquín Aguirre ha acordado la imputación de Joan Laporta, actual presidente del FC Barcelona, por los pagos del club al exvicepresidente del Comité Técnico de Árbitros (CTA) durante su primera etapa al frente de la entidad catalana, entre 2003 y 2010. El magistrado que instruye el caso Negreira atribuye al mandatario culé un delito de cohecho y otro de corrupción entre particulares en modalidad deportiva, amén de otros de falsedad documental y administración desleal, después de recalcular el periodo de prescripción de la responsabilidad penal, estirando el ámbito de la investigación hasta julio de 2008. Esta imputación, asimismo, se extiende a todos los miembros de la Junta Directiva de su primera época y que tuvieron “responsabilidad efectiva en la toma de decisión de efectuar los pagos presuntamente ilícitos” al ex número dos del colectivo arbitral, José María Enríquez Negreira, y a su hijo, Javier Enríquez, a través de las sociedades Dasnil 95 SL, Nilsad SCP y Soccercam SL, según publica El Confidencial.

Laporta engrosa la lista de expresidentes del Barcelona imputados en la causa, sumándose a Sandro Rosell (2010-2013) y Josep María Bartomeu (2013-2020), aunque ambos figuran desde la apertura del procedimiento. En el informe de la Agencia Tributaria, que desembocó en el inicio de la causa, desvela que el club pagó a Enríquez Negreira y a su hijo en 2004, que corresponde al primer año completo del presidente actual al frente de la entidad, una cuantía de 67.625 euros. En 2005, las transferencias experimentaron una importante reducción, aunque al año siguiente se incrementaron en un 229%, hasta alcanzar la cifra de 117.276 euros. Los pagos del Barça al ex número dos del colectivo arbitral aumentaron paulatinamente los ejercicios siguientes. En 2007 se abonaron en total 209.500 euros, 223.555 en 2008, 331.062 en 2009 y 477.222 en 2010. En suma, Laporta habría retribuido al excolegiado un total de 1.455.869 euros.

El juez Aguirre recuerda en su auto, según avanza El Confidencial, que todos los abonos a Negreira se efectuaron en una época en la que éste aún formaba parte de la cúpula arbitral de la Real Federación Española de Fútbol, igualando su estatus al de un funcionario público. El magistrado expone en la resolución que los pagos se prolongaron durante “unos 18 años” y fueron in crescendodesde los 70.000 euros iniciales hasta alcanzar los 700.000 anuales”. Las retribuciones, insiste el magistrado, cesaron “tan pronto como Enríquez Negreira cesó como vicepresidente del CTA”. Por lo tanto, continúa, “por deducción lógica, los pagos realizados por el FC Barcelona satisfacían los intereses del club en atención a su duración y al incremento anual”, lo cual allanó el camino hacia la imputación del delito de cohecho.

Durante su primera etapa al frente del Barça, Laporta habría abonado a Negreira un total de 1.455.869 euros.

 “De aquí se deduce también que los pagos produjeron los efectos arbitrales deseados por el FC Barcelona, de tal manera que debió existir una desigualdad en el trato con otros equipos y la consiguiente corrupción sistémica en el conjunto del arbitraje español”, expone el magistrado en la resolución, redundando sobre lo ya apuntado en otros autos pretéritos. “Dichos actos solo podían referirse a designaciones arbitrales tendenciosas o bien a admoniciones realizadas a los árbitros normalmente designados. A tal efecto, no debe olvidarse que el hijo del investigado acompañaba a los árbitros durante su estancia en Barcelona cuando el FC Barcelona jugaba en el Camp Nou”, insiste.

Un cálculo erróneo

Hasta el momento de la imputación de Joan Laporta, la causa se extendía a los pagos fechados en 2013, al aplicar un periodo de prescripción de 10 años desde el momento en el que se admitió la querella de la Fiscalía el pasado mes de marzo. No obstante, el juez estima que ese cómputo es un error. La decisión de extender el campo investigable hasta 2008 se explica con el Código Penal, que establece que, al tratarse de un delito continuado de cohecho por la presencia de múltiples pagos, las pesquisas deben abarcar un periodo de diez años desde el último hecho punible. Es decir, desde el 17 de julio de 2018, fecha en la que el club azulgrana efectuó, presuntamente, el último pago a José María Enríquez Negreira. Por lo tanto, “en el caso del FC Barcelona, sus presidentes y directivos, llegamos a julio de 2018”.

El error de cálculo en el periodo de prescripción permitió a Laporta esquivar la imputación. Cabe recordar que el club solicitó ejercer como acusación particular contra sus sucesores en el cargo -Sandro Rosell y Josep María Bartomeu-, por un presunto delito de administración desleal. No obstante, el juez Aguirre tumbó las intenciones del club al considerar que la entidad en sí mismo está imputado en la causa. De hecho, el magistrado ya señaló que el propio Laporta incurrió presuntamente en los mismos hechos que atribuía a sus sucesores, considerando la maniobra como un “fraude de ley” y contraria a “toda ética”. Así las cosas, expuso que el único motivo por el que aún no figuraba como imputado era la frontera de investigación, algo que ya no puede sortear con el nuevo cálculo.