Algunos vehículos con clasificación ambiental A no podrán circular por el interior de la M-30 desde este sábado, 1 de enero de 2022, con la entrada en vigor de estas prescripciones en la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de Madrid.

Concretamente se trata de aquellos de las categorías por criterio de utilización 00 (sin especificar), 02 (familiar) y 33 (todoterreno) que a fecha de este sábado no estén domiciliados en el Registro de Vehículos de la ciudad y figuren en el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Madrid o que vayan a dejar de estarlo en un momento posterior.

Así, queda prohibido su acceso y circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, excluyendo la propia vía, y ya el 1 de enero de 2023 quedará prohibido su acceso y circulación por la M-30.

Dos meses de avisos

Con todo, el Ayuntamiento de la ciudad concede dos meses en fase de aviso desde la entrada en vigor antes de que el sistema automático de control telemático mediante dispositivos foto-rojo instalados en la almendra central comience a emitir sanciones, tal y como establece el artículo 242 de la normativa.

Por tanto, hasta el 1 de marzo a las 23.59 horas no se enviarán multas a los titulares de vehículos que hayan sido captados de manera telemática cometiendo una infracción. Solo se remitirá una comunicación de carácter meramente informativo donde se especificarán las razones que han motivado la regulación de Madrid ZBE, la fecha prevista para su efectiva operatividad y la cuantía de la sanción.

Ya a lo largo del año 2022, este sistema automatizado se reforzará mediante la instalación de cámaras localizadas en los accesos a la almendra central, que también contarán con un periodo de aviso de dos meses desde su instalación.

El control de accesos se llevará a cabo de forma automática y también manual si en cualquier momento un agente de la autoridad detiene a un automóvil y no cumple con los requisitos para circular por la zona. En este último caso, y aunque se produzca en fase de aviso, podrá ser denunciado por incumplimiento de la ordenanza, lo que constituye una infracción leve de tráfico.

Los B y C sí pueden entrar

Con la puesta en marcha de Madrid ZBE, los vehículos con clasificación ambiental B y C sí pueden entrar, estacionar y circular por el interior de la M-30 sin limitaciones, salvo las establecidas por Madrid Distrito Centro si se accede al interior de su perímetro.

Pero sí se restringirá el acceso y circulación de forma progresiva a diferentes anillos territoriales hasta 2025 a determinados turismos con clasificación ambiental A, es decir, aquellos vehículos que funcionan con gasolina matriculados antes del año 2000 y los vehículos diésel matriculados antes de 2006, que son los más contaminantes. 

Quedan exentos hasta el 1 de enero de 2025 los A destinados a distribución urbana de mercancías. A partir de esa fecha tampoco podrán acceder ni circular por la capital los vehículos A que no sean turismos (camiones, furgonetas, motocicletas y ciclomotores) y que hasta el 31 de diciembre de 2024 no tenían restricciones.