Este martes, en un tenso encuentro con la prensa, el ministro de Hacienda Cristóbal Montoro defendió que él no podía “informar de la situación contributaria de ningún contribuyente”, después de las supuestas llamadas que habría realizado a Mariano Rajoy para desvelarle datos fiscales de José Manuel Soria con la intención de moverle la silla en el Ministerio de Industria.

Pero el problema es que el ministro no contestó a la pregunta de los periodistas. “Ya sabemos que no puede, la pregunta es si ha facilitado la información a Mariano Rajoy”, insisten desde el Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha). De ser así, el ministro podría estar incurriendo en un delito de “revelación de secretos”.

Sólo funcionarios y con orden

Según han explicado a ELPLURAL.COM los técnicos de Hacienda y funcionarios consultados, sólo “los funcionarios en el ejercicio de sus funciones propias, y no de forma indiscriminada”, pueden acceder a datos tributarios de personas concretas.

Ni siquiera la dirección de la Agencia Tributaria tendría que tener acceso a esta información porque para el ejercicio de sus funciones directivas no necesitaría tener acceso a las bases de datos del contribuyente”, insisten desde Gestha para mostrar cómo un ministro, o incluso el secretario de Estado de Hacienda y presidente de la Agencia Tributaria no tienen acceso a los datos del contribuyente.

Delito de revelación de secretos

“Si, como sugiere el exministro Soria”, el titular de Hacienda hubiese tenido acceso a sus datos tributarios, “es porque alguien de la Agencia se los ha facilitado y es de suponer que sea alguien de la dirección de la Agencia”, se aventuran a afirmar los técnicos.

Si esto hubiese ocurrido, en el caso de ser un funcionario la fuente del ministro, “podría incurrir en una infracción disciplinaria que se califica de muy grave y que puede acarrear la suspensión de empleo y sueldo”.

En el caso de que fuese una persona “de rango superior a subdirector general, podríamos estar ante un caso de un delito de revelación de secretos porque estas accediendo indebidamente a la base de datos y facilitando información a un tercero, aunque sea el ministro”, afirman desde Gestha.

Deber de sigilo

Todas las personas que tienen acceso a estos datos tan protegidos por la legislación española, con una de las leyes de protección de datos más restrictivas de Europa, deben justificar siempre su uso, así como seguir una estricta política de privacidad, como ya se ha visto.

En concreto, es el artículo 95 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, el que recoge que “cuantas autoridades o funcionarios tengan conocimiento de estos datos, informes o antecedentes estarán obligados al más estricto y completo sigilo respecto de ellos”, exceptuando casos como la colaboración con la justicia, con otras Administraciones tributarias o con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Del mismo modo, el artículo 10 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, insiste en que “quienes intervengan en cualquier fase del tratamiento de los datos de carácter personal están obligados al secreto profesional respecto de los mismos y al deber de guardarlos, obligaciones que subsistirán aun después de finalizar sus relaciones con el titular del fichero o, en su caso, con el responsable del mismo”.

Por todo esto, el ministro de Hacienda no se debe quedar en asegurar que no puede informar de estos datos, sino dejar tajantemente claro que nunca ha tenido acceso a ellos ni ha pedido tenerlo a cualquier trabajador de la Agencia Tributaria.