El Tribunal Supremo ha notificado este viernes los autos en los que considera extinguida la responsabilidad criminal de los exconsejeros catalanes Carles Mundó (Juticia), Meritxell Borrás (Gobernación) y Santiago Vila (Empresa), al dar por cumplida, el pasado miércoles 9 de junio, la condena de 1 año y 8 meses de inhabilitación especial que se les impuso por delito de desobediencia.

Los tres exaltos cargos podrían volver a presentarse a unas elecciones o ocupar cargos públicos. Carles Mundó, Meritxdel Borrás y Santiago Vila son únicos dirigentes independentistas no condenados a penas de prisión por su participación en el 'procés'. El Supremo ya dictó en diciembre de 2019 los respectivos autos de liquidación de condena, que señalaban el 9 de junio de este año como fecha de extinción de responsabilidades penales.

No fueron juzgados por rebelión ni sedición

Mundó, Borrás y Vila fueron juzgados por el Supremo, junto al exvicepresidente Oriol Junqueras y otros ocho líderes independentistas por la celebración del referéndum del 1-O, pero al contrario del resto, no fueron procesados por rebelión ni sedición.

La Fiscalía les acusaba de malversación de fondos públicos y desobediencia, y el tribunal les absolvió del primer delito al considerar que aunque asumieron desde sus consejerías, de forma solidaria, los gastos para la realización del referéndum, durante el juicio no quedó probado.

La absolución de la malversación les libró de la pena de cárcel y solo fueron condenados a un año y ocho meses de inhabilitación especial y una multa de 60.000 euros.

En el caso de Vila se le rebajó la multa inicialmente impuesta a los 48.400 mientras que en el de los otros dos exaltos cargos la multa se quedó en 35.600 euros. Para calcular la condena definitiva se les restaron los días que pasaron en prisión preventiva y se compensaron también otras medidas cautelares sufridas como la retirada del pasaporte y las comparecencias periódicas ante la autoridad judicial que fueron obligados a cumplir.