Rafael Louzán, presidente del PP de Pontevedra, se negó a declarar este miércoles ante el Juzgado de Instrucción Número 2 de Cambados dentro de la investigación por presunto cohecho. Pese a que Luzán aseguró a su llegada a los juzgados que iba a ponerse "a la absoluta disposición y mostrar toda la colaboración con la justicia", tanto él como los otros dos citados, su esposa y su compañero de partido, Severino Reguera, se acogieron a su derecho de no declarar. Ante esta actuación, el juez tomó la decisión de no archivar el proceso judicial.

El que es también Presidente de la Diputación provincial, está siendo investigado desde mayo de 2014 por una querella presentada por la Fiscalía, tras una denuncia anónima. A Lauzán se le acusa de posibles sobreprecios en el alquiler de unos bajos de su propiedad y la de su mujer. Estos inmuebles están alquilados a su compañero de partido y de la Diputación, Severino Reguera.

Según declaraciones del fiscal recogidas por el Faro de Vigo, éste reconocía que la cita "era para declarar, y había muchas cuestiones a preguntar, desde la forma de pago a los términos del contrato de arrendamiento de los bajos de Vigo, pero no respondieron a nadie, aunque están en su derecho y podrán hacerlo en cualquier otro momento si lo estiman oportuno".

A su salida del juzgado, Rafael Louzán sí que declaró, pero ante los medios de comunicación y para tirar balones fuera. En este sentido, apuntó que el proceso “es una cuestión de ámbito privado, un contrato de arrendamiento entre dos personas privadas que nada tiene que ver con el cargo” que ostenta en la Diputación de Pontevedra.

Louzán ya fue citado a declarar en marzo al principio de la investigación por el propio fiscal provincial de delitos económicos, tras la cual aseguró que se trataba de “una contratación reglada que se hizo a través de una asesoría de Pontevedra”.

Si la investigación prosperase, el Presidente de la Diputación provincial y su mujer podrían ser acusados de un delito de cohecho continuado, penado con prisión de seis meses a un año y suspensión de empleo y cargo público de uno a tres años.