La investigación judicial sobre el caso de Begoña Gómez ha dado un giro inesperado este martes con el último movimiento del juez Juan Carlos Peinado: la petición al Tribunal Supremo (TS) de investigar al ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, por presunto falso testimonio y malversación por la contratación de Cristina Álvarez, la asesora en Moncloa de la mujer del presidente del Gobierno. Sobre este escenario, fuentes gubernamentales han expuesto hasta seis motivos de peso por los que consideran que el Alto Tribunal no debe asumir esta vía.
En el último auto del magistrado, se recogen argumentos por los que éste considera que Bolaños, tras su testimonio en sede judicial en calidad de testigo, y el cual acabó filtrándose a la prensa, “habría incurrido en falso testimonio porque no recordaba con precisión quién propuso el nombramiento”, un hecho ocurrido hace siete años atrás, cuando éste ejercía como Secretario General de la Presidencia.
Fuentes de Moncloa reiteran, en este sentido, que Peinado paralizó la declaración de Bolaños para que éste consultara quien fue el responsable de la contratación de Álvarez: “Lo que se hizo una vez consultado por el ministro aunque ya constaba en el procedimiento. No le pregunta quién la nombra sino quien es su responsable (minuto 01:23:16) y efectivamente el responsable es Raúl Silva, que entró a la vez que Cristina en Moncloa, todos ellos aspectos constatables documentalmente. Ninguna falsedad en la declaración del ministro”, sostienen.
En cuanto a la presunta malversación de la que se acusa a Bolaños, aducen a que el juez considere “inútil o prescindible el trabajo de alguien”: “Cualquier persona que trabaje para la Presidencia y cuyo cometido sea ‘protocolario’ o que no convenza subjetivamente a un juez instructor podría estar cometiendo un delito de malversación”.
Sobre la figura de Cristina Álvarez, estas fuentes gubernamentales señalan que sus actividades habiendo sido asistente dentro de la Moncloa “deben quedar fuera en su esfera personal, no constando indicio alguno de malversación”, ya que ésta “cobró su salario por las funciones efectuadas”.
Por esta retahíla de razones, desde Moncloa consideran que la intención del juez Peinado es “una posible entrada y registro del edificio de residencia oficial del Presidente por una contratación absolutamente ajustada a la norma”, señalando al tiempo que, en cuanto a la figura de Bolaños, es “aforado”, por lo que su movimiento para evocar al Supremo es “agarrarse” al artículo 432 del Código Penal: “La decisión camufla lo que en el fondo parece que continúa siendo una maniobra política”.
Los argumentos de Moncloa ante el movimiento del juez Peinado
Bajo todo este telón de fondo, desde Moncloa enumeran hasta seis motivos de peso y calado por los que consideran que el Alto Tribunal no debería tomar en consideración la solicitud del juez Peinado sobre la figura del ministro de Presidencia.
En primer lugar, razonan que “no se ha demostrado ilegalidad alguna en el nombramiento” de la asesora de Gómez, ya que fue “tramitado conforme al ordenamiento jurídico vigente”, tampoco fue un puesto que tuviera que pasar por “libre concurrencia ni un proceso de oposición”. Con esta base de por medio, sitúan que la postura del juez da a entender que podría ser un “acto irregular”.
En el segundo puesto, señalan que las funciones de apoyo a Begoña Gómez “no constituyen delito alguno” al haberse tratado de “funciones protocolarias, propias de apoyo institucional a la figura de la esposa del presidente del Gobierno”, las cuales han existido en las últimas décadas y en Gobiernos de distinto color político. “Cuestionar su legitimidad únicamente cuando se trata de la esposa de un presidente socialista, y en tiempos de polarización, resulta no solo incoherente con la práctica administrativa previa, sino sintomático de un doble rasero impropio del ámbito judicial”, reprochan.
También añaden que “no existe perjuicio económico alguno ni indicio de malversación” como tercer punto a tener en cuenta al no haberse acreditado en ningún momento “la existencia de desvío, apropiación o uso fraudulento de caudales públicos”: “No se ha identificado ni un solo euro desviado, perdido o mal empleado. En consecuencia, la imputación por malversación carece de sustento material”, defienden estas fuentes.
A su vez, otro de los argumentos que tumban la disposición del magistrado según Moncloa es que se busca “equiparar un cargo protocolario con una estructura delictiva inexistente”, una afirmación que consideran las voces gubernamentales que “eleva este asunto a la categoría de una trama de corrupción estructural”: “No hay trama, ni cohecho, ni estructuras paralelas de financiación ni redes clientelares”.
En quinto lugar, señalan que tampoco se da existencia de “dolo penal -es decir, intención premeditada- ni en los hechos investigados ni en la actuación de los responsables”. En todo caso, aducen a que puede existir “un posible desconocimiento o imprecisión administrativa sobre los responsables de Cristina Álvarez que la pudieran haber nombrado”, descartando así cualquier atisbo de “engaño, ánimo de lucro ni actuación fraudulenta”.
Por último, no menos importante, el sexto punto que esgrime Moncloa se centra en por qué esta exposición razonada de Peinado “no se apoya en pruebas, sino en suposiciones narradas con tono inquisitivo”, percibiendo así “tecnicismos jurídicos con razonamientos más propios de una hipótesis especulativa que de una instrucción penal seria” sin atisbo alguno de “estructura probatoria suficiente ni proporcionalidad en la propuesta de imputación”.
Con estos razonamientos como base argumentativa, cabe reiterar que el Gobierno, tras el Consejo de Ministros de este martes, trasladó su “máxima tranquilidad” por el movimiento del juez Peinado en la continuidad de la causa.