El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) considera que la Ley de Memoria Democrática, la revisión del Gobierno de la ya aprobada Ley de la Memoria Histórica de Zapatero, invade “el derecho a la libertad ideológica” amparado en la Constitución.  

El borrador del informe del Poder Judicial sobre el proyecto del Gobierno, que debatirán los magistrados el 7 de junio, expresa que “la exaltación o apología de hechos históricos, por dolorosos, reprobables o contrarios a los valores centrales de nuestra convivencia que puedan estimarse, constituyen opiniones o juicios de valor que entrarían en el ámbito de protección de la libertad de expresión, salvo cuando suponga una lesión de derechos o bienes de relevancia constitucional”.

Los jueces entienden que las ideas que “no comporten incitación directa o indirecta al odio o violencia contra las víctimas del golpe de Estado, de la guerra o del franquismo”, no se justifica "la extinción de una fundación". Aunque no la mencione, este apartado está referido claramente a la Fundación Francisco Franco, que defiende el legado del dictador.

Lo mismo ocurre con la defensa de esa ideología. “El carácter pacífico de una reunión no se ve alterado por el hecho de que en ella se expresen ideas o se persigan objetivos que puedan ofender o molestar a otras personas o colectivos”, afirma el informe.

Fosas comunes

Sobre las fosas del franquismo, el CGPJ señala que “los hallazgos de restos se pondrán inmediatamente en conocimiento del Ministerio Fiscal y las autoridades administrativas y judiciales”, como ocurre en casos que nada tienen que ver con la dictadura, y lo enmarca en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Indemnizaciones a los familiares

El Poder Judicial se pronuncia también sobre la reivindicación de los familiares de las víctimas del franquismo de considerar nulas las sentencias de los tribunales franquistas, y que recoge el proyecto de Ley Democrática de Sánchez con la salvedad de que no se podrá permitir indemnización alguna.

Los jueces advierten de que que el hecho de que el anteproyecto excluya expresamente las indemnizaciones no impide que los familiares de las víctimas puedan reclamarlas, por lo que solicita al legislador que tome en consideración “las posibles consecuencias en el ámbito de la responsabilidad patrimonial al margen de la limitación introducida teniendo en cuenta la normativa y jurisprudencia interna y europea”.

El borrador de los jueces dicta que la vía penal para la investigación de los crímenes del franquismo quedó cerrada por la sentencia del Tribunal Supremo de 2012, que apuntó a la prescripción de los posibles delitos y a la Ley de Amnistía de 1977. Esta consideración es contraria a lo que defiende el Consejo Fiscal en su informe: "la justicia restaurativa”. Una cía para investigar esos crímenes y garantizar a las víctimas el derecho a conocer la verdad y recuperar los restos de sus familiares.