Ruz se expresa así en el que acepta poner a disposición del PP todo el sumario del caso o impugnar los recursos que puedan presentar las acusaciones y las defensas. Sin embargo, acota su margen de actuación "a los extremos que le son propios".
Posibles imputaciones
Esto, en la práctica, significa que sólo puede actuar como "responsable civil subsidiario" de la presunta caja B y que, por tanto, el Partido Popular no podría oponerse a las peticiones de imputación contra María Dolores de Cospedal como secretaria general y a la de Ángel Acebes como antecesor de ésta, algo que quieren hacer las acusaciones particulares.
Ni ofendido ni perjudicado
En el recurso que el PP presentó ayer, la formación invocaba su personación en la causa al amparo de los artículos 118 y 776 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. El primero hace referencia a "toda persona a quien se impute un acto punible" y el segundo "al ofendido y al perjudicado". Sin embargo, el magistrado no acepta los tiros a ciegas del PP y les recuerda que ninguna de esas descripciones se ajusta a la formación, "limitándose la referida resolución a establecer una eventual declaración, como presunto responsable civil subsidiario".
Además, Ruz explica al PP que si no están en condición de "imputado o inculpado" es debido a la "imposibilidad legal al momento de suceder los hechos objeto del procedimiento".