Cuando Rajoy, sorprendido por la pregunta de la periodista de la cadena de tv Bloomberg sobre si dimitiría de demostrarse que hubo financiación irregular de su Partido y respondió aquello de que “Hay cosas que no se pueden demostrar. No tiene sentido decir qué haría si no se puede demostrar. No hubo financiación ilegal”, sabía bien que era la única y la mejor respuesta posible, aunque para ello tuviera que sortear la verdad.Y es que, tras la revocación del PP como acusación popular del sumario 275/08, más conocido como Gürtel / Bárcenas/ PP y la negativa del juez de no dejarle acercarse a la Pieza Separada “Informe UDEF-BLA Nº 22.510/13” que se ha creado para conectar “Los Papeles de Bárcenas” a la financiación genovesa, Rajoy ha buscado, ha encontrado y ha destinado, a través de su entusiasta Fiscal General del Estado, Eduardo Torres-Dulce para esa pieza separada, a un fiscal anticorrupción que responde al nombre de Antonio Romeral Moraleda.De entrada hay que decir que no tenemos nada en su contra, tampoco a favor, del citado fiscal. Sabemos poco de él: nacido el 26 de marzo de 1960. Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Madrid, ingreso en la Carrera Fiscal el 20 de febrero de 1989. En la actualidad ocupa el número 434 del escalafón. Su primer destino fue la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Alicante (1989). El 12 de febrero de 1990 tomó posesión, en la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, por Real Decreto 1245/1992, de 16 de octubre, fue promovido a la categoría de Fiscal. Desde noviembre de 2000 hasta la fecha, tras su nombramiento por el Consejo de Ministros, a propuesta del entonces ministro de Justicia, Ángel Acebes,presta sus servicios como Fiscal en la Fiscalía Especial para la Represión de los Delitos Económicos Relacionados con la corrupción. Se sabe que ha escrito sobre delitos relacionados con el juego.Lo que sí sabemos a través de sus escritos es que hasta su entrada en escena en este sumario que lleva cinco años instruyéndose es que en un porcentaje que se acerca al 100% se ha opuesto a aceptar las propuestas de las acusaciones populares. Sabemos también que las apariencias no engañan y desde que en enero abrió por su cuenta y riesgo Diligencias Informativas 1/13, duplicando innecesariamente el trabajo del juez Ruz, no se ha distinguido precisamente por impulsar la investigación. Y sabemos bien por las transcripciones que se han hecho públicas que cuando se trata de interrogar a los máximos dirigentes genoveses que han pasado por el estrado como testigos o imputados, el Fiscal Romeral o no ha preguntado nada de nada, caso de Pio García Escudero, se ha limitado a mantener una amigable tertulia como sucedió cuando charló distendidamente con el ex Tesorero Nacional, Álvaro Lapuerta o, finalmente, se ha recreado en preguntas redundantes y escasamente comprometedoras para los interrogados.Vayamos por partes. De entrada de un análisis pormenorizado de 15 de sus escritos en los que el juez Ruz le pide su opinión sobre propuestas de las acusaciones populares, el balance es el siguiente:Escrito de 19 de junio 2013. Se manifiesta contrario a que testifique José María Aznar para que explique si autorizó pagos a Calixto Ayesa, ex consejero de Sanidad del Gobierno de Navarra y para aclarar los sobresueldos recibidos desde el PP a lo largo de 6 años (1990-1996) por un importe de 782.695 euros. El Fiscal Romeral en su escrito, de cuatro folios, se opone a la comparecencia de Aznar porque: "No es necesaria (…) Se apartan del objeto de la investigación (….) No aporta nada nuevo al procedimiento, ni resulta relevante o útil para el esclarecimiento de los hechos que se investigan y su interés se centra en someter la conducta del testigo a la censura lo que excede la función del proceso penal". Sobre la percepción de sobresueldos durante esos años, incluso siendo ya presidente del Gobierno, Romeral sostiene que el pago de las cantidades reflejadas en las cuentas oficiales del PP "no revelan a priori ninguna actividad de naturaleza delictiva", y que si lo fueran ya habrían prescrito.Escrito del 10 de julio 2013. Solicitud de nuevas diligencias tras interrogatorios a testigos e imputados.Tras las declaraciones ante Ruz y las partes de diferentes testigos e imputados el fiscal Romeral informa de lo siguiente:1. Respecto del requerimiento al Partido Popular para que identifique a los donantes que realizaron los ingresos. Para la fiscalía “resulta improcedente pues la diligencia ya fue acordada por auto de 11 de marzo de 2013 y reiterada, respecto de todas la donaciones recibidas por el Partido Popular, por auto de 15 de marzo de 2013. El Partido Popular contestó al requerimiento y aportó la información solicitada el 25 de marzo de 2013, limitada al período de 2004 a 2011 por las razones que se exponen en el escrito”.2. Sobre solicitud declaraciones de Cospedal, Arenas y Cascos. No se oponen a que testifique la actual Secretaria General. María Dolores Cospedal García. Por el contrario se opone a la declaración de Javier Arenas Bocanegra, porque "entendemos que no es procedente su práctica y ha de ser denegada pues el período en que ostentó el cargo de Secretario General es anterior al que delimita el objeto de investigación en la presente pieza separada". También deniega la declaración de Francisco Álvarez-Cascos Fernández, porque "no es procedente su práctica y ha de ser denegada pues el período en que ostentó el cargo de Secretario General es anterior al que delimita el objeto de investigación en la presente pieza separada".3. Sobre Pío García-Escudero. En su línea de no preguntarle cuando pudo también e opone a que la AEAT aporte las declaraciones de Renta y Patrimonio del ejercicio de 2000 para verificar si "declaró debidamente lo relativo al préstamo personal que le concediera el Partido Popular en el año 2000". El fiscal Romeral “ considera que la diligencia propuesta adolece de los vicios de inutilidad e impertinencia que deben impedir su práctica. Inútil, por cuanto el testigo ya reconoció no haber declarado ni consignado dicho préstamo en las declaraciones referidas manifestando desconocer dicha obligación. Impertinente, al no tener relación alguna la consignación del préstamo en sus declaraciones de renta y patrimonio con objeto del procedimiento"4. Requerir al PP que remita sus cuentas para verificar los pagos a Calixto Ayesa. Una vez más califica de “ Inútil el requerimiento que se pretende al Partido Popular, para que aporte la contabilidad oficial o soportes contables que se dicen, del período 1993 a 1999, pues dicho partido, requerido con anterioridad para la entrega de la contabilidad comunicó en su escrito de 9 de abril de 2013 que no conservaba documentación contable anterior al ejercicio de 2004, por lo que no aportó la solicitada”.5. Sobre solicitud a la AEAT IRPF y Patrimonio año 2003 de Jaume Matas. Para Romeral “ como quiera que no se especifica el motivo y finalidad perseguida con la aportación de dichos documentos, ha de considerarse su práctica impertinente al no tener relación alguna con el objeto del procedimiento “.6. Sobre solicitud declaración Álvaro Lapuerta para aclarar testimonio de Pablo Crespo. Entiende Romeral que no procede atender la solicitud y en su defecto, la condiciona a una futura declaración del ex tesorero que había solicitado otra acusación.Escrito 24 de septiembre 2013 oponiéndose a que testifiquen Rajoy, Ratoy Mayor Oreja. Aquí Romeral tira los argumentos por la ventana y rechaza la solicitud de ADADE para que testifique “el actual Presidente del Gobierno” atendiendo a las siguientes consideraciones:El escrito de la acusación popular y las diligencias que solicita, “ como ha sucedido en anteriores ocasiones, se revelan como diligencias de conveniencia, orientadas más a un interés extraprocesal que al que debe presidir todo procedimiento penal de averiguación del delito y sus participes. La diligencia que solicita no puede ser, como pretende la parte, el instrumento para conseguir que el Magistrado Instructor compela al Sr. Rajoy a ofrecer las explicaciones que ante otro Poder del Estado se ha negado a ofrecer. Al Poder Judicial no le corresponde la función que pretende la parte, ni debe suplir a ningún otro poder del Estado, tan solo debe cumplir con la función que el artículo 7 de la Constitución le encomienda “. Por si no quedara claro añade “Como quiera que se dispone de una declaración de contraste, la testifical de María Dolores de Cospedal que negó tajantemente los pagos anotados que a ella se refieren, como de estos dos últimos cuya entrega compartió, según el imputado, con el entonces Presidente del Partido Popular, Mariano Rajoy “ no procede que Rajoy testifique. Dicho y hecho. Y por último, se suma a las tesis defendidas ya solo por el PP y es que también decide dudar sobre la autenticidad y coherencia de los manuscritos de Bárcenas para concluir que “ el estado de la causa determina la cautela con la que ha de proseguir la Instrucción, evitando aquellas diligencias que aun cuando pueden despertar interés político y social lo hacen sobre la base de unos hechos y expectativas de difícil acomodo en el proceso penal, o que aun teniéndolo potencialmente, el transcurso del tiempo impide su investigación y conocimiento “.Escrito 23 de septiembre 2013 contario a requerir contratos Ministerio Fomento a empresas querelladas. Más de lo mismo. La Fiscalía se opone “ por entenderla inútil para el fin que explicita la acusación solicitante, impertinente y perjudicial para el desarrollo de la instrucción (…) su recopilación, copia y posterior examen de tan ingente cantidad de documentación comporta el empleo de numerosos funcionarios y el retraso en la instrucción por un tiempo no definido pero desde luego superior al año, en el mejor de los casos, que sólo estaría justificado por la existencia de indicios bastantes de la comisión de hechos delictivos y la probabilidad de obtener elementos incriminatorios que afiancen y den crédito a los mismos (…) La petición de la diligencia nos hace ver en la misma un planteamiento incoherente o al menos formulado sin la necesaria reflexión, que conduce a una diligencia más propia de una investigación prospectiva que de una investigación de hechos concretos con indiciaria relevancia penal".Escrito del 23 de septiembre 2013 por el que se opone a que declare como imputado Ángel Piñeiro , ex Tesorero del PP en Galicia. No baja la guardia Romeral y descarta que se acuerde recibir declaración en calidad de imputado a Ángel Piñeiro, "ex Tesorero del Partido Popular de Galicia ya que en cualquier planteamiento o hipótesis de conductas con relevancia penal que pudiéramos deducir de esas anotaciones, y sin prejuzgar que la tuviera, lo que es evidente es que estarían prescritas “.Escrito de 17 de septiembre 2013 oponiéndose a que se requiera documentación sobre extinción laboral entre Cristóbal Páez y el PP y declaración de ambos. Al grano. Nada de retórica: “ Nos oponemos a la práctica de las diligencias propuestas toda vez que los hechos a los que se refieren y sobre los que quiere ahondar la acusación popular, ni son delictivos ni forman parte en modo alguno de los que constituyen el objeto de investigación de estas diligencias. Además, en las declaraciones prestadas por los dos testigos propuestos, a las que nos remitimos, se hizo mención a la extinción de la relación laboral y causa de la misma. En definitiva, las diligencias solicitadas ni son pertinentes ni útiles para la causa por lo que interesamos se deniegue su práctica”.Escrito 17 de septiembre 2013 sobre portátiles Bárcenas. Aquí intenta dar una de cal y otra de arena. De entrada la de cal, marcando así la diferencia con las tesis del juez Ruz. El fiscal Romeral mantiene que de “ las diligencias solicitadas, junto con otras de las practicadas en las que tienen por objeto comprobar la verosimilitud de la información aportada, se deduce que los hechos en si que pudieran poner de manifiesto carecen, sólo por el tiempo a que se refieren y sin entrar a calificar conductas y hechos como delictivos o no, de relevancia penal “. Y aquí va la de arena al aceptar que han de practicarse solo dos diligencias, teniendo el resto por impertinentes e inútiles para la causa. Una de ellas es requerir al imputado Bárcenas para que aporte el disco duro del ordenador Apple sustituido por otro el mes de octubre o noviembre de 2012 y la segunda, deducir de testimonio de los hechos con relevancia penal para su investigación por juzgado competente, que se solicite , tal y como interesa en su escrito”.Escrito 17 de septiembre 2013 sobre diligencias para aclarar recibí 200mil € campaña electoral Cospedal.Para sorpresa de los seguidores y detractores de Cospedal, sin saber muy bien las causas últimas de su decisión, Romeral decide, tras oponerse a tomar declaración como imputados a José Ángel Cañas Cañada y Vicente Tirado. El primero Gerente del PP en Castilla La Mancha y el segundo Secretario General Regional y actualmente Presidente de las Cortes de Castilla La Mancha que “ sí resulta relevante y necesario esclarecer el significado y alcance del documento manuscrito aportado por la defensa de Luis Bárcenas, en cuanto que las cantidades que se expresan podría afectar, como potencial ingreso y gasto del Partido Popular, al objeto de investigación de la causa. Para ello y como diligencia previa a cualquiera otra que pudiera resultar procedente, interesamos se requiera al Partido Popular para que aporte a la causa toda la documentación contable o de cualquier otra índole, así como la información que tuviere sobre el documento referido “.Hasta aquí lo que ha dado de si el papel de Romeral en estos casi 10 meses que lleva dando vueltas por la pieza separada. Podríamos seguir reproduciendo sus preguntas a los testigos e imputados pero sería más de lo mismo.Lo dicho, acabamos como comenzamos, recordando las sospechosas afirmaciones de Rajoy sobre su seguridad más segura que en este asunto: “ Hay cosas que no se pueden demostrar. No tiene sentido decir qué haría si no se puede demostrar. No hubo financiación ilegal “.Y si hubiera alguna duda al respecto que se lo pregunten a Romeral. En fin, ya solo falta que el juez Ruz no se deje llevar por esta corriente genovesa encaminada a archivar esta pieza separada y juzgue con pruebas en mano. Haberlas las hay. En el siguiente artículo de ello hablaremos largo y tendido.Blog Los Genoveses