Los primeros coletazos del 2026 han traído consigo un acuerdo "histórico" firmado por el Gobierno y la Iglesia. Tras meses de trabajo, se ha puesto en marcha un nuevo sistema de reparación para las víctimas de abusos sexuales, cometidos en el seno de instituciones religiosas, para las que ya no es posible la vía judicial porque los hechos han prescrito o sus autores han fallecido. Este pacto supone un cambio profundo en la forma en que se gestionan estas reparaciones en España, ya que tiene como resultado la creación de un sistema mixto Iglesia-Estado, con participación de las víctimas y reparaciones económicas o de cualquier otra naturaleza a cargo de la Iglesia.

Rubricado este jueves por el ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, el presidente de la Conferencia Episcopal Española (CEE), Luis Argüello, y el presidente de la Conferencia Española de Religiosos (Confer), Jesús Díaz Sariego, este modelo mixto cuenta con un actor clave: la Unidad de Víctimas del Defensor del Pueblo (UVDP), que se convierte en la puerta de entrada al sistema y, por otro lado, en caso de desacuerdo final entre las partes, tendrá la última palabra.

El sistema para la reparación que desarrolla el convenio comprende siete fases, perfectamente medidas y establecidas en el acuerdo. En primer lugar, en la fase de inicio, el proceso de reparación "se iniciará a instancia de las propias personas solicitantes del reconocimiento y reparación ante la Unidad de Tramitación, en la forma que se disponga en el convenio". En cualquier caso, "se deberá garantizar la intimidad y la protección de datos" de todos los afectados.

En el segundo paso, la Unidad de Víctimas del Defensor del Pueblo, tras las "escucha" de las partes, elaborará una "propuesta de reconocimiento de la condición de víctima que incluya la reparación pertinente ya sea simbólica, restaurativa, espiritual y/o económica, conforme a lo expresado por cada víctima". Esta misma UVDP trasladará la propuesta de reparación a la Unidad de Tramitación.

A continuación, este último agente remitirá la propuesta a la Comisión Asesora prevista en el PRIVA -mecanismo impulsado por la Iglesia en 2022, que dejaba todo el proceso en manos de la propia institución eclesiástica- (CPRIVA) y marcará un plazo para que exprese su conformidad u oposición. "En caso de tratarse de personas que ya han resultado reparadas en el marco del PRIVA, se hará constar expresamente esta circunstancia con expresión documental del estado de situación de dicha reparación. Esta circunstancia deberá ser tenida en cuenta por la UVDP con el fin de evitar duplicidades", se especifica.

En cuarto lugar, la Unidad de Tramitación transmitirá al solicitante tanto la propuesta de la UVDP como el informe recibido de la CPRIVA, de manera que debe mostrar su conformidad o disconformidad ambos elementos.

Por lo tanto, se abren dos caminos. En el caso de que el solicitante y la PRIVA estén conformes con la propuesta de la UVDP, ésta "constituirá la declaración de la condición de víctima y su reparación, con carácter definitivo, y se trasladará a la CPRIVA para su cumplimiento y ejecución, así como a la persona solicitante, indicándole que ha habido conformidad y su carácter definitivo".

Mientras, en el caso de que haya disconformidad por cualquiera de las partes, la Unidad de Tramitación debe remitir los informes y alegaciones a a la UVDP, que deberá valorarlo y convocar la Comisión Mixta, "a la que deberá dar traslado de la propuesta de la UVDP, del informe de la CPRIVA y de las alegaciones del solicitante": "En el seno de la Comisión Mixta se deliberará para alcanzar un acuerdo unánime acerca de la propuesta de la UVDP, que podrá mantener o modificar su propuesta inicial a la vista de los informes y alegaciones de disconformidad recibidos", se establece.

Una vez analizado en Comisión Mixta, vuelven a existir distintas posibilidades. Si se toma una decisión unánime, la propuesta será definitiva. Por el contrario, si no se llega a un acuerdo, la UVDP y los representantes que designen las instituciones eclesiales, harán un "último intento de consenso" para la resolución que, de alcanzarse, será definitiva. Si aun así persistiera la disconformidad, corresponde a la UVDP, finalmente, adoptar la resolución definitiva. En ambos casos, la decisión definitiva que se adopte será notificada a la persona solicitante y a la CPRIVA, a fin de proceder a su cumplimiento.

Por último, la ejecución de la decisión. Gracias a este acuerdo, la Iglesia Católica debe cumplir las medidas reparadoras en plazo. Dicho cumplimiento se hará por parte de la CPRIVA en la forma y con las mismas garantías previstas en el PRIVA. Además, no lo hiciera, la diócesis, instituto o entidad religiosa responsable, la Conferencia Episcopal y la Conferencia Española de Religiosos garantizarán su cumplimiento. De este modo, se evita que las víctimas queden desprotegidas por falta de recursos o por conflictos internos dentro de la institución eclesiástica.

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