Las razones por las que se puede pedir la abstención de un juez, y en su caso su recusación, están muy claramente tipificadas. Su artículo 219 las enumera, y llega a 16 causas. Contamos esto por todo lo que se está diciendo y hablando sobre la 'nominación' de los magistrados de la Audiencia Nacional, y que deben juzgar sobre el primer auto del juez Ruz, en el que recoge su instrucción sobre la trama Gürtel entre los años 1999 y 2005.

Tres jueces no fuera de toda sospecha... al menos para las acusaciones
Los tres jueces, que excepto en el caso de la presidenta, Concepción Espejel, que se autoeligió utilizando la prerrogativa de ser presidenta de la Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia, salieron 'afortunados' en un sorteo (son cinco los miembros de la sala, salieron todos los conservadores), van a ser recusados uno tras otro por al menos tres de las acusaciones, que dicen sospechar de su imparcialidad.

Lo malo, y lo bueno, de la ley, es que es interpretable. Lo malo, o lo bueno, en el caso de la recusación de los jueces, es que son otros jueces los que deciden sobre ellas. Con esto en mente, vamos a lo concreto. Y empecemos por la presidenta de la Sección.

Una juez 'predestinada' para un puesto
En el caso de Concepción Espejel, quizás sea lo mejor ir al momento en el que, meses antes de que fuera a asumir el cargo, se decidió por parte del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que iba a ocupar la presidencia en la Sección Segunda en la Audiencia Nacional.

La decisión se tomo en diciembre de 2012. No era cualquier momento. El PP, y el Gobierno con él, tenían entonces todas las alarmas encendidas por el asunto Gürtel. Habían llegado los papeles de Suiza y el horizonte sobre el tema era oscuro para Génova, 13.

Era claro que la sala segunda iba a recibir la instrucción cuando la concluyera el juez Pablo Ruz. La elección de Concepción Espejel para el puesto, que había sido elegida como vocal del Consejo del Poder Judicial a propuesta del PP, se puede asegurar que no disgustó en el entorno de la dirección 'popular'. De hecho, su nombramiento se produjo con el voto en contra de dos vocales progresistas.., que defendieron que había otro candidato mejor puntuado.

Piensan las acusaciones que Concepción Espejel debiera abstenerse en el asunto, y recuerdan la décima de las razones que recoge la ley al respecto: "Tener interés directo o indirecto en el pleito o causa". El apoyo del PP, acusado en la trama de la Gürtel, y al tiempo promotor del nombramiento de Espejel como vocal del CGPJ, levanta suspicacias en las acusaciones.

Concha Espejel y la presidenta de Castilla-La Mancha, María Dolores de Cospedal..., un gesto, una mirada reveladores de satisfacción mutua



"Concha para todos y para siempre"
Que aún ven más. Resulta difícil olvidar el discurso de María Dolores de Cospedal en la entrega en Albacete de la Gran Cruz de Raimundo de Peñafort a la juez Espejel. Resulta difícil que no resuene aquella frase de la entonces presidenta de Castilla-La Mancha:
"Haber participado en este acto para la imposición a Concha Espejel de la Gran Cruz de San Raimundo de Peñafort, créanme que para mí es un honor y un privilegio. Es el acto de reconocimiento y de homenaje a una gran mujer —se ha dicho aquí, pero yo lo quiero reiterar—, pero también a una gran jurista que ha acumulado muchos e importantes méritos en su carrera. No solo ha velado siempre por el correcto ejercicio de sus funciones que como juez le corresponden, sino que además, Concepción Espejel —que para todos es Concha y lo va a ser siempre— ha tenido un compromiso firme y una vocación profunda con la dimensión más social de la administración de justicia”.

Ese "Concha para todos" era la guinda con la que Cospedal remataba años de conocimiento entre las dos mujeres.

Un incendio que calentó una relación
Al menos en lo que es público, desde que "Concha para todos" como presidenta de la Audiencia de Guadalajara fuera la última responsable de cada uno de los recursos que UGT y la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha fueron interponiendo durante la instrucción del caso por la tragedia del incendio de Guadalajara, en la que se personó Cospedal como acusación, y que Espejel fue negando uno tras otro en favor de las tesis del PP...

Decisiones de la juez Espejel contra los recursos que quedaron en entredicho cuando la misma Audiencia, pero con otra presidenta, durante el juicio revirtió todas sus decisiones y muchas de las actuaciones, que consideró "irrelevantes" e "inútiles" y que el Supremo confirmó acusando a quien desde el principio se supo que había sido culpable del incendio en el que murieron 11 agentes forestales, un ciudadano que había provocado un incendio de manera irresponsable.

En fin, cualquiera podría pensar que aquí aplica el punto noveno de la ley de recusación, donde se lee como motivo: "Amistad íntima o enemistad manifiesta con cualquiera de las partes".

Enrique López López, cuñado y 'popular'
Quizás de los tres magistrados, el que más encela a las acusaciones, que encuentran motivos y motivos para pedir su abstención, sea Enrique López. En el caso de este juez, la relación con el Partido Popular, insistimos en recordar, uno de los acusados por 'beneficado a título lucrativo" según Ruz, parece dar razones y razones que se apilan.

Enrique López.. con Federico Trillo al fondo. El líder del PP fue su gran valedor y el que se empeñó en que el magistrado ascendiera hasta el Constitucional.., incluso por encima de los requisitos que marca la ley



López López fue nombrado vocal del CGPJ a propuesta del PP. El mismo partido que con insistencia quizás digna de mejor causa, llegó incluso a bloquear la renovación del Constitucional, empeñado en que se le nombrara para el máximo Tribunal aunque simplemente no cumplía los requisitos. Pero es que además, López ha sido un habitual de actos del PP  y de su principal Fundación, la FAES. Sus artículos en La Razón, en los que no tenía problema en entrar en juicios políticos, tampoco deberían ayudar a que se le mantenga como magistrado en el caso. De nuevo, como sucede con Espejel, el apoyo recibido por el PP en su carrera, y por otro, por sus manifestaciones de cercanía al partido de Génova 13, llevaría a 'aplicarle' la causa 10 de las recusaciones, la que habla de intereses directos o indirectos, del artículo 219 de la Ley del Poder Judicial.

A todo esto además hay que añadir que, como les contamos aquí, hay otras coincidencias en jurados y Fundaciones, entre Enrique López y algunos de los abogados que representarán a implicados en la causa  y que podrían llevar a aplicar la causa novena de recusaciones, la que habla de "amistad íntima o enemistad manifiesta con cualquiera de las partes".

Sucede además que Enrique López era miembro de Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia que decidió sobre la disensión que enfrentó a los jueces Bermúdez y Ruz sobre quién debía ser competente para llevar 'la caja B' del PP. López, cuya participación en aquella terna ya resultó conflictiva por su cercanía al PP, como juez que vio el asunto podría quedar contaminado e inhabilitado para ver ahora el caso. Así se recoge en el punto decimosexto de las causas para solicitar la recusación: "Haber ocupado el juez o magistrado cargo público o administrativo con ocasión del cual haya podido tener conocimiento del objeto del litigio y formar criterio en detrimento de la debida imparcialidad".

Y aún encontramos una razón más que podría arguirse en contra de Enrique López, se lo contamos en su momento en ELPLURAL.COM. López tiene un cuñado (tenía, hablando apropiadamente, porque ya no lo es) que se vió envuelto en las instrucciones de la Gürtel, Miguel Hernán, hombre de absoluta confianza y miembro del Consejo de Administración de muchas de las empresas de José Luis Ulibarri, beneficiario de unas sospechosas concesiones en Boadilla del Monte. Dice el artículo 1 de la ley de recusaciones que es causa de ello "El vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable y el parentesco por consanguinidad o afinidad dentro del cuarto grado con las partes o el representante del Ministerio Fiscal".

Juez Julio de Diego... el tercero del caso Gürtel, al que también las acusaciones encuentran motivos para recusar. EFE



Y no hay dos sin tres
Es verdad que ha conseguido mantenerse en un segundo plano ante las discrepancias que ha provocado la presencia de sus dos compañeros. Pero también el tercer juez de la terna, Julio de Diego, va a ser posiblemente recusado por las acusaciones. En su caso, por una de las razones que también afectan a López López.

Nos referimos a que de Diego no sólo formó parte de los jueces de la Sala Segunda de lo Penal de la Audiencia que dirimió entre Ruz y Bermúdez sobre sus discrepancias para llevar el asunto de 'los papeles de Bárcenas'. Es que él fue incluso el juez ponente del asunto. De nuevo el apartado 16 del artículo 219 de la ley del Poder Judicial sería la que aquí aplicaría.