La Junta Electoral Central (JEC) ha desestimado la denuncia presentada por el PP en la que se acusaba al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, de vulnerar la ley electoral al anunciar el PERTE agroalimentario, dotado de 1.000 millones de euros en inversiones para el sector, la misma semana en la que se celebran las elecciones de Castilla y León.

Los de Pablo Casado consideraban, tal y como especifica la demanda presentada, que tanto el anuncio del líder del Ejecutivo como la posterior disposición en la web de presidencia del acuerdo alcanzado en el Consejo de Ministros respondían a criterios partidistas y electoralistas haciendo uso de La Moncloa y los fondos europeos. Sin embargo, la JEC ha dispuesto en su escrito que la naturaleza del discurso pronunciado por el presidente en Níjar (Almería) fue neutral, ya que se obviaron cuestiones valorativas sobre el proyecto en cuestión, además de recalcar que no cabe pensar que la publicación de los pormenores del PERTE en la web de presidencia respondan a un interés por instrumentalizar su difusión y movilizar a los votantes citados el próximo 13-F.

"No cabe deducir que las mismas –las declaraciones- hayan tenido una incidencia apreciable en el proceso electoral autonómico de Castilla y León", añade la Junta Electoral. Además, la desestimación recuerda al PP que la existencia de un proceso electoral en curso no puede suponer un retroceso en el funcionamiento normal de las administraciones públicas.

Al contrario de lo expuesto por el Partido Popular, la JEC ha recordado que de acuerdo a las normas comunitarias de la Unión Europea, los detalles del plan para el sector agrícola deben ser facilitados tanto a los medios de comunicación como a la población: "Esos mensajes pueden entenderse cubiertos por esa exigencia de información regulada en la normativa comunitaria, y, en consecuencia, como campaña imprescindible para la salvaguarda del interés público o para el correcto desenvolvimiento de los servicios públicos".

Finalizado el cómputo de explicaciones, la Junta Electoral sentencia que "no cabe considerar que se haya producido una transgresión" del artículo 50.2 de la Loreg, encargado de determinar que desde la convocatoria de una cita electoral hasta la votación de la misma está terminantemente prohibido realizar actos en los que se realicen alusiones a los logros obtenidos, o que utilice imágenes o expresiones coincidentes o similares a las utilizadas en sus propias campañas por alguna de las entidades políticas concurrentes a las elecciones.

Casado, contra “el juego sucio de Sánchez”

"Ya está bien de juego sucio de Sánchez. Ya está bien de utilizar el Boletín Oficial del Estado (BOE) y el Consejo de Ministros para hacer anuncios en plena campaña electoral", denunciaba Casado el pasado miércoles, un día después de que el Ejecutivo aprobara un plan de 1.000 millones para la agroindustria y medidas para luchar contra la despoblación.

Lo hacía en una visita a una empresa aeronáutica en Miranda de Ebro (Burgos), donde el jefe de la oposición recalcaba que su partido exige "juego limpio" ante la cita con las urnas y que se actúe con "honestidad y transparencia". Además, subrayaba que ese plan para el sector agroindustrial es "un refrito de ayudas que estaban pendientes" y "no responde a lo que pide el sector".

Casado justificaba su recurso ante la JEC con el objetivo de que Sánchez "deje de utilizar el dinero de los españoles para comprar votos para el Partido Socialista". Y es más, destacaba que Sánchez es el único presidente de la historia de España "condenado" por el organismo arbitral por sus "viernes sociales" en los Consejos de Ministros de 2019, "que eran electorales".