Con los resultados del 28A sobre la mesa, se abre el periodo para la constitución de las Cortes y la formación de Gobierno. Pedro Sánchez tiene ante sí la difícil tarea de urdir un acuerdo para que un arco parlamentario tan fragmentado le invista presidente y poder formar un Ejecutivo. Se prevé que, con las elecciones del 26M en el horizonte, las negociaciones se aplacen hasta junio. No obstante, hay un calendario por cumplir. La carcasa normativa española fija unos plazos, y desde ElPlural.com te recordamos las fechas clave:

-A pesar de que los resultados electorales ya se han promulgado, el recuento aún no ha concluido. El 1 de mayo comienza el escrutinio en las juntas electorales provinciales, que tienen hasta el sábado día 4 para completar su labor. En este caso ya se incluyen los votos en el extranjero de los inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA).

-Hasta el 5 de mayo se da de plazo para resolver los distintos recursos que pudiera haber y, una vez se proclamen los resultados, los parlamentarios electos puede comenzar el papeleo y acudir a recoger su acta a partir del 6 de mayo.

-El 21 de mayo se constituyen simultáneamente, a las 10:00 horas, las Cortes. Tanto el Congreso como el Senado. Es la jornada en la que los parlamentarios eligen a los presidentes de las cámaras, las Mesas y juran o prometen la Constitución.

Ese mismo día el presidente o presidenta del Congreso acudirá al Palacio de la Zarzuela a fin y efecto de informar al rey de que ya puede comenzar la ronda de contactos para proponer un candidato a la Presidencia del Gobierno.

-El Congreso da un plazo de cinco días para formar los distintos grupos parlamentarios. La Mesa los ratificará el 28 de mayo y se constituirá la Junta de portavoces.

-Es precisamente la Junta de Portavoces la que debe ordenar el pleno de investidura. Pero para esto, la ley no establece fecha. No hay un plazo desde que se celebran los comicios hasta que se convoca el primer pleno de investidura. Este puede demorarse en el tiempo. Se prevé, no obstante, que se pudiera celebrar a principios de junio, con el 26M ya en el retrovisor y tras las negociaciones entre los distintos partidos.

-En caso de que el candidato, que parece claro que será Sánchez, coseche un ‘no’ de la Cámara y no logre ser investido presidente, empieza un nuevo cronómetro en el que se establece un plazo máximo de dos meses a contar desde la primera sesión de investidura para que, si ningún candidato es investido, se procederá a la disolución de las Cortes y la convocatoria de unas nuevas elecciones (como ya ocurrió en el año 2016).

Cabe destacar, a su vez, un calendario paralelo relativo a las elecciones autonómicas, municipales y europeas. La campaña arranca el 10 de mayo y la jornada electoral tendrá lugar el día 26.