Es un hecho comprobado: El PP pagó con dinero negro la reforma de su sede central en la madrileña calle Génova, número trece. Este jueves la sección II de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a la formación que preside Pablo Casado como responsable civil subsidiaria en la pieza del caso Gürtel conocida como los Papeles B.

Los magistrados han dictado pena de dos años de cárcel para el ex tesorero Luis Bárcenas, actualmente en prisión por la causa principal, al partido y a los responsables de la empresa que hizo las reformas, Unifica.

Bárcenas pagó más de un millón de euros a Unifica “al margen de la facturación y la contabilidad oficial” y lo hizo con unos fondos de los que nada sabía Hacienda porque no se declararon. Esta es la segunda vez que la Audiencia Nacional condena al PP por hechos de este calibre porque la primera sentencia, la del caso Gürtel, fue ratificada hasta la última palabra por el Tribunal Supremo.

Pero, la formación sigue actuando como si la situación no fuera con ella, reiterando que nada tienen que decir, en un intento de arropar a su presidente, quien ya dijo en marzo que el PP que él encabeza nada tiene que ver con lo anterior. Y veremos como afrontan las numerosas causas que afectan al PP, que siguen pendientes de juicio.

Los magistrados José Antonio Mora, Fernando Andreu y Mª Fernanda García han podido decirlo más alto, pero no más claro: “En el periodo en que Bárcenas ocupó los cargos de gerente y tesorero gestionó los fondos en metálico aportados a la formación política Partido Popular como donaciones privadas a través de una contabilidad paralela (contabilidad B) de cuyo ingreso y gasto no se dejó constancia en la contabilidad oficial, ni por tanto fueron fiscalizadas por el Tribunal de Cuentas”.

¿Pues qué pasaba entonces? ¿Trabajaba en solitario Luis Bárcenas? ¿Se beneficiaba él únicamente de esa boyante caja B?  Pues, no debía ser así porque la sentencia no deja lugar a dudas de las entregas en dinero efectivo a varios miembros del Partido Popular, que ellos mismos reconocieron, como Luis Fraga, Calixto Ayesa, Eugenio Nasarre, Jaime Ignacio del Burgo o Cristóbal Páez.

Lo que pasa es que, según fuentes jurídicas consultadas, los hechos ocurrieron antes de la reforma del Código Penal de 2010 y, entonces, regía el principio de societas delinquere non potest, que quiere decir que las personas jurídicas no pueden delinquir, respondiendo por ellas sus representantes o principales. Más tarde, se impuso la unificación de criterios de la Unión Europea, quedando regulada la responsabilidad de las personas jurídicas por ellas mismas, además de sus administradores. Hay que decir que, tras este cambio legal, las penas podría llegar incluso a la disolución de la entidad condenada.

Es decir, para Pablo Casado las cosas aún podrían ir a peor.