La Audiencia Provincial de Valladolid ha condenado a pagar una multa de 2.160 euros al matrimonio juzgado por los incidentes registrados en marzo de 2019 ante una mesa informativa de Vox.

La pareja había sido acusada de un delito de atentado y el fiscal solicitó un año de cárcel para cada uno, aunque la Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia Provincial ha resuelto finalmente absolverlos pero, en cambio, considera que su conducta es constitutiva de un delito de resistencia y, por ello, les impone la multa, según informa el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en un comunicado.

La condena al principal implicado

El principal inculpado, L.M.P, que fue quien inició los incidentes, llegó a un acuerdo previo con la acusación pública y aceptó una condena global de dos años de cárcel. La condena inicial incluía un año y medio de cárcel por un delito de odio y cinco de inhabilitación para profesión u oficio relacionado con el mundo docente,  junto con una multa de 720 euros, así como otros seis meses más de privación de libertad por atentado y 300 euros de sanción económica por un delito de maltrado sin lesión.

La defensa del matrimonio juzgado pidió la absolución al considerar que la pareja actuó bajo "estado de necesidad, arrebato u obcecación o miedo insuperable", mientras que el Ministerio fiscal reclamaba para cada uno una pena de un año de prisión por atentado.

Los hechos ocurrieron en la Plaza del Carmen, donde Vox había montado una mesa informativa a la que en un momento dado se acercó L.M.P. y comenzó a realizar fotos y a lanzar insultos a los militantes de Vox. Además, cogió por la pechera a uno de los presentes a quien trató de propinar un puñetazo.

El tribunal no ve intención de lesiones en el matrimonio

Sobre el matrimonio, el tribunal considera que "es cierto que la intención de ambos es evitar la detención,evitar que los agentes les inmovilicen y les pongan las esposas y se los lleven. No parece acreditado que la intención fuera, directamente, causar lesiones o agredir o acometer a los agentes. Su actitud, activa, porque gritaban, manoteaban y pataleaban, tenía como finalidad hurtarse de la detención, por lo que se han calificado los hechos como resistencia y no como atentado".