Las participaciones preferentes son valores perpetuos de los que se obtienen grandes rentabilidades siempre y cuando la institución financiera obtenga beneficio. Una recomendación del hombre o mujer que vela por nuestros ahorros, el director de nuestra sucursal, que nos ha animado encarecidamente a guardar nuestro pequeño capital en estos instrumentos financieros que ahora han resultado ser lo que no eran.

La confianza y la seguridad en nuestros amigos de la sucursal, animaron a más de un millón de ciudadanos, veinte mil millones de euros, a prestarle a las cajas y a los bancos cifras astronómicas sin saber, porque no se lo contaban, lo que estaban haciendo.

Es un ahorro perpetuo, se dieron cuenta tarde y ya no pueden recuperar el dinero. Quizás acudiendo al mercado secundario, apenas activo, donde comprueban que sus ahorros se han quedado en la mitad.

Llaman a la sucursal y el director, aquel hombre o mujer tan afable, ya no les coge el teléfono, se siente responsable de no haberle contado toda la verdad. Acuden al Banco de España y les dicen, ¡ay!, que el Fondo de Garantía de Depósitos no garantiza las participaciones de esta índole.

¿Y mi dinero? Reciben los intereses pero no pueden retirar el capital. Son mayoritariamente personas mayores, pymes y pequeños ahorradores, que incluso se dan cuenta que no son preferentes, que estas participaciones se colocan en última fila en el listado de acreedores en el supuesto caso de que hiciera falta un concurso de los mismos.

Leyendo sus contratos advierten que la Comisión Nacional del Mercado de Valores ya había reconocido la falta de transparencia y la inexistencia de un valor de mercado para este tipo de productos. Leen en los periódicos que Standard&Poor´s ha calificado a las Participaciones Preferentes (que no son preferentes) como bonos basura. Y, para mayor abundamiento, en la última visita a España de los técnicos del FMI estos han preguntado insistentemente por las mismas.

Se trataba de financiar las instituciones financieras, confiadas que les servía para cumplir las exigencias de Basilea (cuestión que no fue así), a costa de ahorradores que no tenían, empero, toda la información.

Algunos gobiernos ya han llevado a la Fiscalía el asunto, como es el caso del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (17 de abril de 2012). Algunos tribunales ya han fallado a favor de los damnificados (Zaragoza, Calahorra, Vigo o Palma). Pero el asunto es tan grave, tan abultado, que los poderes públicos han de actuar de inmediato.

Todos miran para otro lado. La Mesa de la Asamblea de Madrid ha rechazado una iniciativa parlamentaria a este respecto por mostrarse no competente en esta materia. ¿No es acaso un asunto de consumo donde los usuarios son perjudicados por una información falsa o incompleta? Insistiremos en ello.

Un asunto que compete de lleno en el error inducido que anula el consentimiento de dichos contratos según el artículo 1266 del Código Civil. Puede que se hayan recomendado estos productos y provocado dolo a través de maquinaciones y argumentos lesivos al cliente, tal como recoge el artículo 1269 del mismo código. Desde luego que no se ha suministrado información financiera adecuada, tal como exige la directiva europea MiFid. O que la información no sea precisamente la correcta, vulnerando el Real Decreto 1/2007 en su artículo octavo. Peor aún si el perjuicio se ha hecho con engaño, materia reservada al artículo 248 del Código Penal. Tremendo.

Responsabilidades al margen, estamos ante un caso en el que lo primero es salvaguardar los ahorros de más de un millón de depositantes, confiados en su banco amigo o en su caja de toda la vida. Para eso se gobierna, para eso se legisla, lo demás es simplemente mirar para otro lado o no ejercer las responsabilidades que tenemos encomendadas.

Antonio Miguel Carmona es miembro del Comité Federal del PSOE, secretario de Economía del PSM-PSOE y profesor de Economía

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