Este sábado 27 de septiembre, la mujer del presidente de Gobierno, Begoña Gómez, su asesora en Moncloa, Cristina Álvarez, y el Delegado del Gobierno en Madrid, Francisco Martín, tendrán que acudir a la conocida como "vistilla" para concretar la imputación que recae sobre cada uno de ellos. Además, a este movimiento del juez Peinado, quien instruye la causa, se suma otro: en caso de que finalmente Gómez sea juzgada, será un juzgado popular quien se encargue. Debido a sus continuos volantazos, el magistrado ha estado envuelto en la polémica en multitud de ocasiones, que han sido comentadas en los platós de televisión. En la mañana de este jueves, Silvia Intxaurrondo enumeraba, uno a uno, todos los errores del juez Peinado en el 'caso Begoña'.

"Le han tumbado un secreto de sumario, le han tumbado dos imputaciones, le han anulado un registro, le han limitado la investigacion en tres ocasiones y le han tumbado la imputacion a un ministro de España", resumía, con contundencia, Silvia Intxaurrondo en La Hora de La 1.

Peinado acaba de acumular una polémica más, ya que ha desoído tres ‘noes’, el de la Audiencia, el del Supremo y el suyo propio, con el fin de que los acusados afronten un jurado popular. En este último caso, la decisión fue llamativa ya que el mismo Peinado consideró que no había caso en el hecho de Gómez o Cristina Álvarez pudieran haber cometido malversación de caudales públicos. El pasado mes de mayo, el magistrado apuntaba a que la sola persona que podría tener responsabilidad en ese ámbito era el entonces delegado del Gobierno en Madrid, Francisco Martín, por su papel en la designación y contratación de personal.

Tres meses después cambiaba su parecer y las consideraba investigadas en la causa sin aportar ninguna explicación detallada o nuevas pruebas. De hecho, las volvió a incluir en la causa fundamentándose en un auto de la Audiencia Provincial de Madrid que la defensa de Cristina Álvarez entendía transcribía "parcialmente y de manera descontextualizada para disimular su rebeldía", pues observaba que había una desobediencia por parte de Peinado hacia tribunales superiores.

¿Qué es el juzgado popular que podría juzgar a Gómez?

El juez Peinado comunicaba que la mujer de Pedro Sánchez, Begoña Gómez, será juzgada por un juzgado popular en caso de que que finalmente se abra juicio en su contra por presunta malversación, junto con su asesora Cristina Álvarez y el delegado del Gobierno en Madrid, Francisco Martín. Pero, ¿qué es exactamente un juzgado popular y que delitos pueden ser juzgados por él?

El jurado popular no es un invento reciente ni una excentricidad judicial. Lo recoge el artículo 125 de la Constitución y, desde 1995, lo regula la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado. La idea es sencilla: que la ciudadanía tenga voz en la justicia penal. En la práctica, son nueve personas sacadas por sorteo del censo, más dos suplentes, que cada dos años se convierten -por obligación- en jurados, siempre bajo la batuta de un juez profesional que marca las reglas y dicta la sentencia en función del veredicto.

El funcionamiento es el siguiente: el juez plantea las preguntas, los jurados escuchan a acusados, testigos y peritos, y después deliberan en privado. Para condenar hacen falta siete votos, para absolver bastan cinco. Su decisión queda por escrito en un acta que el juez lee en público antes de dictar la sentencia definitiva.

Pese a llevar casi tres décadas en vigor, el jurado popular sigue siendo una rareza. La ley lo limita a determinados delitos y, aunque ha estado presente en algunos de los juicios más mediáticos del país, su aplicación es muy excepcional frente a la justicia ordinaria.

Formar parte de un jurado es un deber cívico, pero también está remunerado. La dieta establecida es de unos 67 euros al día (dato de 2018), cantidad que compensa los gastos de desplazamiento y las posibles ausencias laborales.

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