“Mayor equidad para los consumidores, no mayores negocios para los bufetes de abogados”, es una de las ideas-fuerza que Vera Jourova, la Comisaria de Justicia, Consumidores e Igualdad de Género ha enarbolado para lanzar una reforma radical de todas las directivas europeas que afectan a los consumidores. Este Nuevo Marco para los Consumidores, como se denomina a la iniciativa en el ámbito comunitario, “proporcionará a todos los consumidores europeos métodos de reparación nuevos y más sólidos cuando no se respeten sus derechos”, según la literatura de la UE sobre esta reforma. “La próxima vez que estalle un escándalo tipo Dieselgate, los Estados miembros de la UE estarán más preparados para reaccionar”, argumenta una Hoja Informativa de la Dirección de Justicia y Consumidores de la Comisión Europea.

La Comisión Europea se ha marcado como objetivo que tanto el Consejo Europeo como el Parlamento Europeo aprueben este paquete de reformas legislativas “en abril de 2019”, según ha anunciado recientemente el Jefe de la Representación de la Comisión Europea en España, Francisco Fonseca Morilla, en un acto de audiencia pública sobre la nueva normativa organizado en la sede del Ministerio de Sanidad, Consumo y Usuarios.

Uno de los aspectos claves en la reforma, según explicó en este acto Blanca Rodríguez-Galindo, de la Dirección General de Justicia y Consumidores, es que persigue que “todos los países dispongan de un mecanismo colectivo de protección de los consumidores a través de entidades sin ánimo de lucro y que no faciliten la industria del contencioso’”. En concreto, se pretende que las acciones de representación colectiva de la UE sean “diferentes de las de EEUU”, en referencia a la alta litigiosidad en ese país, que, se entiende en el ámbito comunitario, acaba por beneficiar más a los bufetes de abogados que a los consumidores finales. Por eso, las nuevas directivas introducen la figura de las “entidades habilitadas”, como las “organizaciones de consumidores y los organismos públicos independientes designados por los Estados miembros de la UE con arreglo a criterios estrictos, a diferencia de los bufetes jurídicos privados”, en lo que parece una clara referencia a que éstos no podrán ser entidades habilitadas. Asimismo, estas deberán cumplir requisitos estrictos de transparencia en sus fuentes de financiación y, en particular, respecto a los fondos que utilicen para iniciar una acción de representación determinada.

La Comisión Europea pretende que este Nuevo Marco de reparación colectiva pueda utilizarse en los ámbitos de los servicios financieros, el transporte, la energía, las telecomunicaciones, la sanidad y el medio ambiente. Es decir, en los sectores y actividades económicos donde existe mayor desprotección para el consumidor.

Otras novedades son que “las normas serán más claras y simples” en toda la UE, que entidades que representen a los consumidores de diferentes Estados podrán sumarse en una acción de representación única y que, en algunos casos, los consumidores podrán basarse en una resolución judicial definitiva que declare ilegal la práctica de una empresa para obtener reparación en su propio proceso. De modo que podrán llevar a cabo esta actuación directamente con el comerciante o, en caso necesario, mediante su propia acción legal de seguimiento, incluso en otros Estados miembros.

En cuanto al tipo de reparación por una práctica o un producto irregular, se amplían las modalidades, ya que se contemplan la compensación, la sustitución, la reducción del precio, el reembolso o la rescisión del contrato. Se permitirá que las entidades pertinentes puedan negociar con las empresas acuerdos de reparación para el consumidor, que estarán sujetos a la aprobación de un tribunal o autoridad administrativa.

En la práctica, en casos relacionados con los derechos de los pasajeros, la protección de datos o los servicios financieros, la Directiva permitirá que una entidad habilitada inicie una acción de representación en nombre de los consumidores. A continuación, el tribunal o la autoridad podrá dictar una orden de cesación por la que pone fin al incumplimiento de la ley, estableciendo vías de reparación o aprobando un acuerdo de reparación entre la entidad habilitada y la empresa. Finalmente, la empresa informa a los consumidores sobre el incumplimiento de la ley y cómo obtener la correspondiente reparación.