Los casos que relatan los condicionantes que Tecnocasa les ponía a distintas personas a la hora de adquirir comienzan a acumularse. Las denuncias que se realizan en torno a las prácticas de esta inmobiliaria y su filial Kiron llegan a través de diferentes puntos, habiéndose expuesto dos casos ante elDiario.es, conocido Facua otro a través de una reclamación y habiendo llegado a los abogados del CAES (Centro de Asesoría y Estudios Sociales especializado en ámbitos como el de la vivienda) varias situaciones que ponen en duda la legalidad de este modelo.

El diario digital ha dado a conocer los casos de Álvaro y Julio, dos personas que estando en proceso de adquirir un piso se encontraron con que Tecnocasa les obligaba, "sí o sí", a contratar la hipoteca haciendo uso de los servicios de Kiron, una empresa filial de la inmobiliaria. Esta compañía se dedica a preparar estudios de mercado y negociar con los bancos los préstamos concedidos a los particulares para la compra de viviendas, eso sí, cobrando por ello entre el 3% y el 4% sobre el valor total.

De hecho, no es solo, según relatan, que les obligaran a contratar la hipoteca a través de Kiron, si no que, si antes de ver el piso ya se negaban a ello, la inmobiliaria ni siquiera les permitía acudir a hacer una visita a la vivienda. En el caso de Álvaro, por ejemplo, que estaba interesado en adquirir un inmueble anunciado por Tecnocasa en el barrio madrileño de Las Águilas por 220.000 euros, una comercial de la inmobiliaria le trasladó de forma expresa que la operación únicamente podría cerrarse si recurría a Kiron para gestionar la financiación.

Las conversaciones mantenidas por WhatsApp, a las que tuvo acceso el medio de comunicación, reflejan mensajes en los que la trabajadora aseguraba que “Kiron y Tecnocasa van de la mano” y que, en caso de no aceptar esta condición, ni siquiera podría visitar el inmueble. Álvaro insistió en varias ocasiones para confirmar si realmente existía esa exigencia, ya que otro empleado le había indicado previamente que podía buscar financiación por otras vías. Sin embargo, la comercial reiteró que, para esa vivienda concreta, la hipoteca debía tramitarse obligatoriamente a través de la filial financiera.

Las organizaciones de consumidores señalan a elDiario.es que una práctica de este tipo podría vulnerar la normativa de protección de los consumidores. Tanto Facua como Cecu sostienen que el comprador tiene derecho a elegir libremente la entidad bancaria con la que contratar su préstamo hipotecario. De hecho, el portavoz de Facua, Rubén Sánchez, considera que condicionar la compraventa de un inmueble a la contratación de un determinado intermediario financiero podría constituir una cláusula abusiva.

En la misma línea se pronuncian desde el Ministerio de Consumo, que, según recoge el diario digital, también considera abusiva una práctica que limite la libertad del consumidor para escoger la financiación de una operación inmobiliaria. Cecu, además, remite al artículo 82.1 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, que considera abusivas aquellas cláusulas o prácticas no consentidas expresamente que generen un desequilibrio importante entre las partes.

El caso de Álvaro no es el único, ya que, entre otros, también se recoge el testimonio de Julio, nombre ficticio utilizado para preservar su anonimato, quien asegura haber descubierto la obligación de contratar con Kiron cuando ya había avanzado en el proceso de compra y se disponía a firmar la documentación relacionada con la operación hipotecaria. Según explica, además de imponerle esa condición, se le comunicaron honorarios adicionales que no figuraban inicialmente. 

Frente a todas estas acusaciones, Tecnocasa rechaza categóricamente que exista cualquier obligación de contratar la financiera. La compañía sostiene que la utilización de los servicios de Kiron es completamente voluntaria y asegura que cualquier presión o vinculación entre la compra de una vivienda y la contratación de la intermediaria financiera resulta contraria a las políticas internas de la empresa.

Un sector rodeado de polémica por las prácticas abusivas

Las denuncias sobre la presunta vinculación entre la compraventa de viviendas, los alquileres y la contratación obligatoria de determinados servicios financieros se producen en un contexto de creciente escrutinio sobre las prácticas de algunas agencias inmobiliarias en España. En los últimos años, asociaciones de consumidores y el propio Ministerio de Consumo han abierto distintos frentes contra empresas del sector por actuaciones consideradas potencialmente abusivas.

Uno de los casos más notorios ha sido el de Alquiler Seguro. El Ministerio de Consumo abrió en 2025 un expediente sancionador a esta compañía tras recibir denuncias por el supuesto cobro de cantidades que, de acuerdo con la Ley por el Derecho a la Vivienda, deberían asumir los propietarios y no los inquilinos. Entre las prácticas investigadas figura también la imposición de servicios adicionales no solicitados por los arrendatarios.

La actuación de Consumo no se limitó a una única empresa. Meses después, el departamento dirigido por Pablo Bustinduy anunció un segundo expediente sancionador contra otra agencia inmobiliaria de ámbito nacional por posibles cobros de comisiones ilegales y por obligar a los inquilinos a contratar servicios accesorios que no habían solicitado expresamente. Según el ministerio, estas conductas podrían constituir infracciones graves de la normativa de protección de los consumidores.

Por su parte, Facua ha denunciado en varias ocasiones prácticas similares. Ya en 2023 la organización presentó denuncias contra una treintena de inmobiliarias por seguir cobrando honorarios a los inquilinos pese a que la nueva legislación establece que esos gastos deben recaer sobre los arrendadores. Más recientemente, la asociación volvió a acudir a las autoridades de consumo contra la empresa Alquiler Plus por imponer pagos adicionales vinculados a servicios de gestión y garantías de pago que, según la organización, no habían sido solicitados por los usuarios.

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