El Pleno del Congreso aprobará y enviará al Senado este jueves el proyecto de ley para la reducción de la temporalidad en el empleo público, que reservará concursos y no oposiciones para puestos de trabajo en la Administración que hayan estado ocupados de forma temporal durante al menos cinco años.

El proyecto tiene origen en el decreto ley acordado por Miquel Iceta, entonces ministro de Función Pública y hoy de Cultura, con los sindicatos de la Administración. Se salvó de la derogación en el Congreso por un acuerdo del PSOE con Unidas Podemos y Esquerra Republicana. Precisamente, la Comisión de Hacienda avaló la semana pasada la iniciativa con votos de PSOE, Unidas Podemos, ERC y PNV pero será el Pleno del Congreso el que tenga la última palabra sobre la ley y sus enmiendas. 

El texto que la Comisión de Hacienda aprobó prevé mayores garantías para los trabajadores interinos con más experiencia. Así, las plazas cubiertas con trabajadores con contrato temporal durante, al menos, los últimos cinco años deberán ser consolidadas en un concurso de mérito, y a partir de los tres años a través de concurso y oposición. Las plazas que pueden salir por concurso no están condicionadas a no haber sido previamente convocadas.

Estos procesos, que se realizarán por una sola vez, podrán ser objeto de negociación en cada uno de los ámbitos territoriales de la administración del Estado, comunidades autónomas y entidades locales y respetarán, en todo caso los plazos establecidos. Además, los cambios introducidos en el Congreso también permitirán extender estos procesos explícitamente a las sociedades mercantiles públicas, entidades públicas empresariales, fundaciones del sector público y consorcios del sector público. También a las comunidades forales, País Vasco y Navarra.

Agilización de los procesos 

La norma mandata al Ministerio de Hacienda y Función Pública a elaborar un informe anual de seguimiento de la situación de la temporalidad en el empleo público, que enviará a la Comisión competente del Congreso y que contendrá, como mínimo el detalle funcional con escala autonómica y local de todas las situaciones de temporalidad en el empleo público.

Las administraciones públicas deberán asegurar el cumplimiento del plazo establecido para la ejecución de los procesos selectivos mediante la adopción de las medidas apropiadas para el desarrollo ágil de los procesos selectivos, tales como la reducción de plazo, la digitalización de los procesos o la acumulación de pruebas en un mismo ejercicio, entre otras.

Las convocatorias de estabilización que se publiquen podrán prever para aquellas personas que no superen el proceso selectivo su inclusión en bolsas de personal funcionario interino o de personal laboral temporal específicas o su integración en bolsas ya existentes.