La semana inicia con el compromiso de la vicepresidenta primera del Gobierno y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño, de abordar a lo largo del día los instrumentos para garantizar la transmisión de las rebajas del IVA en el precio final de los alimentos y, con ello, se "redunde en una mejora de la situación de las familias españolas".

De esta forma, el secretario de Estado de Economía, el Ministerio de Agricultura y la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) se reunirán con el objetivo de "afinar y reforzar" todos los instrumentos con los que cuentan para garantizar la transmisión de las medidas de bajada del IVA en el precio final de los alimentos.

La reunión se va a celebrar tras la denuncia de la semana pasada por parte de Facua-Consumidores en Acción, a siete cadenas de distribución por no repercutir la rebaja del IVA a todos los alimentos afectados por las medidas del Gobierno para paliar el impacto de la inflación en los alimentos.

En el último paquete de medidas para hacer frente a las consecuencias económicas de la guerra en Ucrania y el incremento de precios se incluyó a partir del 1 de enero de este año una rebaja del IVA del 10% al 5% para el aceite y la pasta y una eliminación del IVA del 4% que se aplica a todos los alimentos de primera necesidad, entre ellos el pan o la leche.

Dentro de los alimentos básicos que han visto eliminado el IVA a partir del 1 de enero figuran: el pan común, así como la masa de pan común congelada y el pan común congelado destinados exclusivamente a la elaboración del pan común; las harinas panificables; los siguientes tipos de leche producida por cualquier especie animal: natural, certificada, pasterizada, concentrada, desnatada, esterilizada, UHT, evaporada y en polvo; los quesos; los huevos y las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales, que tengan la condición de productos naturales de acuerdo con el Código Alimentario.

El real decreto-ley recoge que esta rebaja del IVA se dejará de aplicar a partir del 1 de mayo en el caso de que la tasa interanual de la inflación subyacente del mes de marzo, publicada en abril, sea inferior al 5,5%.