La Junta Única de Resolución (JUR) ha decidido de forma preliminar no compensar a los accionistas y acreedores del Banco Popular afectados por la resolución de la entidad el año pasado porque un informe ha concluido que hubieran sufrido mayores pérdidas si se hubiese seguido un procedimiento nacional de insolvencia.

"El informe de valoración 3 llega a la conclusión de que bajo procedimientos normales de insolvencia las pérdidas generales habrían sido sustancialmente mayores que las pérdidas que se realizaron en resolución", afirmó en un comunicado la Junta Única de Resolución, que publicó tanto la decisión preliminar como la versión no confidencial del informe.

Autoridad bancaria en caso de crisis

La Junta Única de Resolución (JUR) es la nueva autoridad de resolución de la Unión Bancaria Europea, cuya misión es garantizar la resolución ordenada de bancos en crisis con el menor impacto posible sobre la economía real y las finanzas públicas de los países que conforman la Unión Europea y terceros, según explica en su web.