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¿Puede cualquier trabajador/a secundar la huelga de 24 horas? Trabajo en la Comunidad de Madrid y en mi Consejería (Cultura) creo que no hay representación de los sindicatos que convocan la huelga de 24 horas, sí están representados aquellos que secundan los paros parciales. ¿Tengo derecho a hacerla? ¿Debo avisar? Muchas gracias.

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El derecho de huelga es un derecho de ejercicio individual, otra cosa son los sujetos que la convocan que deben reunir una serie de requisitos e implantación. Sin embargo, el trabajador decide individualmente si secunda o no, la huelga. No se requiere ninguna votación en el centro de trabajo o similar para realizar la misma, y pretender tal cosa supone lesión del derecho de huelga.

En cuanto a la obligación de avisar a la empresa, en principio la empresa no te puede exigir el previo aviso de hacer huelga, no es un requisito para ejercer tu derecho de huelga.

En cuanto a la legitimidad de los sindicatos convocantes de la huelga, estamos hablando de UGT y CCOO, sindicatos que ostentan la condición de más representativos a nivel nacional. Esto quiere decir que se les reconoce capacidad de convocar huelga en cualquier sector específico, aunque en el mismo no tenga implantación concreta.

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