Tal y como señala eldiario.es, el Tribunal Supremo ha dado la razón a Hacienda en su litigio con Carlos Herrera y ha señalado que el locutor estrella de COPE utilizó una “sociedad pantalla” entre 2006 y 2007 para ahorrarse el pagó de impuestos en su época en Onda Cero. Cabe destaca que desde el Alto Tribunal se estipula que Herrera tributó una gran parte de sus ganancias a través del Impuesto de Sociedades, lo que supone un tipo de interés menor que el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), que es el que le habría correspondido en caso de hacerlo correctamente.

La batalla legal entre Hacienda y Herrera se remonta a su época como director de Herrera en la Onda, programa matinal de Onda Cero. En el año 2010, la Agencia Tributaria se fijó en La Rehos SL, la sociedad que utilizaba la estrella de la COPE y a través de la cual cobró más de tres millones de euros anuales en 2006 y 2007, respectivamente. De ese montante, solo el 15% fue a parar a Carlos Herrera ya que el resto se repartió en otras tres sociedades. El comunicador alegó que dichas empresas tenían trabajadores propios y a través de las cuales se pagaban servicios. Sin embargo, Hacienda ha considerado que Herrera lo hizo con el objetivo de ahorrarse impuestos.

A pesar de que en un principio la Audiencia Nacional dio la razón a Herrera, el Tribunal Supremo ha terminado por posicionarse a favor de las tesis mantenidas por la Abogacía del Estado. De esta manera, el Alto Tribunal señala que se ha descubierto “la interposición innecesaria de una sociedad interpuesta o pantalla, sin otro objeto que permitir una reducción notable de los ingresos de la persona física y su tributación”.

Tal y como añade eldiario.es, "el reparto de los ingresos no es razonable para el Tribunal Supremo teniendo en cuenta que el contrato para hacer el programa 'podría haberse concertado directamente, de una sola vez, entre Uniprex, como empresa radiofónica que gestiona Onda Cero, y el Sr. Herrera'".