La convocatoria sorpresiva de elecciones autonómicas en la Comunidad Autónoma de Castilla y León va a obligar a los españoles “residentes ausentes”, en la terminología administrativa para llamar a nuestros emigrantes, a tener que volver, -una vez más- a pasar por el engorroso trámite del voto rogado.

Sin duda, los lectores que acostumbran a ir andando a su mesa electoral se preguntarán extrañados si no había sido suprimido ya tal procedimiento con el que nadie está de acuerdo.

Pues no, y los emigrantes castellanos (de Castilla la Vieja) y leoneses (del viejo reino de León), si quieren votar en esta extraña convocatoria promovida por el PP, a mayor gloria del Sr. Casado y que veremos cómo le sale, tienen que rogar su voto. Pero veamos de cuántos estamos hablando y cómo llevan el proceso.

La magnífica información de la Oficina del Censo Electoral, servida por funcionarios de una alta competencia, nos da los siguientes datos:

Número de electores de Castilla y León, residentes en el extranjero: 160.175. Es decir, el mismo número de electores que en la provincia de Palencia, y casi el doble que en la de Soria. O sea que estos españoles tendrían derecho a elegir siete Procuradores. 

Examinando dónde residen estos compatriotas, nos encontramos con que más de 50.000 viven en Argentina, seguida de Francia que se aproxima a los 25.000. De Europa siguen en número Alemania, Suiza, Reino Unido y Bélgica, y de los restantes de América hay que destacar a Cuba, Estados Unidos, Brasil, México y Chile.

Ya los tenemos situados, y sabemos que de ellos 4.864 ejercieron su derecho al voto efectivamente en las elecciones autonómicas de 2019. Son aproximadamente la mitad de los que solicitaron el voto rogado y obtuvieron que el mismo fuera aceptado por la Oficina del Censo Electoral. Es decir, prácticamente otra mitad o no recibieron a tiempo las papeletas o sus sobres no llegaron a tiempo a la Junta Electoral Provincial correspondiente. Y en relación con el total de electores de la emigración, la participación no llegó en aquellos comicios al 5% del total de residentes ausentes de Castilla y León.

La Oficina del Censo electoral nos informa de que hasta la fecha han sido aceptadas 4.127 peticiones de voto rogado, y en consecuencia han debido mandárseles las correspondientes papeletas para que puedan ejercer su derecho. No sabemos cuántas conseguirán tener éxito en este viaje de ida y vuelta.

¿Qué fue de la modificación del voto rogado?

El presidente Sánchez ya se refirió a este derecho de los emigrantes en el discurso de la moción de censura que le llevó a la Moncloa. En el año 2019, los Grupos Parlamentarios del PSOE y Podemos presentaron una Proposición de Ley, precipitadamente redactada, con objeto de que en las siguientes convocatorias electorales desapareciera el voto rogado. La disolución de las Cortes y la convocatoria de elecciones generales el 28 de abril de aquel año propició que decayera tal propuesta. De tal forma, el voto rogado siguió en vigor para las dos elecciones generales del año 2019, más las autonómicas y europeas. Asimismo, ha regido en las autonómicas de la Asamblea de Madrid de mayo de 2021 y va a seguir vigente para las de Castilla y León del próximo día 13. Lo que sigue resulta inexplicable para quien esto escribe.

Los grupos parlamentarios del PSOE y Unidas Podemos presentaron el 12 de febrero de 2021 -justo hace un año- una Proposición de Ley Orgánica para reformar la Ley Electoral con objeto de establecer una nueva regulación del ejercicio del voto por los españoles que viven en el extranjero, es decir, para suprimir el famoso voto rogado.

El 23 de febrero de 2021, el Congreso de los Diputados tomó en consideración dicha Proposición por la nada estimable cifra de 343 diputados que votaron favorablemente, sin que hubiera ningún voto en contra. Había unanimidad. ERC presentó una enmienda de totalidad en los días siguientes, por cuestiones más bien formales, que fue rechazada. La Mesa de la Cámara acordó encomendar el Dictamen de dicha Proposición a la Comisión Constitucional, abriendo plazo de enmiendas hasta el día 24 de marzo de 2021.

A pesar de la pandemia, parecería lógico pensar que respetando los plazos del Reglamento del Congreso para los sucesivos trámites, hace tiempo que debía estar promulgada la citada Ley.

Pues bien, la Mesa de la Cámara, en virtud de las facultades que le confiere el artículo 91 del Reglamento, ha venido prorrogando durante 34 ocasiones, hasta el día 8 de febrero pasado que sepamos, el plazo de presentación de enmiendas, de forma que la Proposición de Ley duerme el sueño de los justos, como otras. Ignoro cuáles son las razones que llevan a la Mesa del Congreso a aprobar durante 34 veces la prórroga del plazo de enmiendas.

Algunos tratadistas de derecho parlamentario señalan que esa prórroga del plazo de enmiendas es un caso claro de “filibusterismo parlamentario”, por cuanto al no terminarse nunca el plazo de enmienda, la ley o la proposición de ley, no puede continuar con su tramitación.

En la legislatura durante la que tuvo lugar la moción de censura, y por tanto el cambio de Gobierno, Adriana Lastra, portavoz entonces del grupo socialista, presentó con otros 50 diputados un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, porque la Mesa de la Cámara, compuesta durante el Gobierno de Rajoy y con mayoría de PP y Ciudadanos, venía aplicando torticeramente la prórroga de enmiendas para impedir la tramitación de las leyes con las que no comulgaba ideológicamente. Argumentaban que la Mesa estaba haciendo “un uso abusivo y fraudulento de la ampliación del plazo de enmiendas”.

Tan razonable parecía la posición socialista, que el Grupo Parlamentario del PSOE presentó una propuesta de modificación del Reglamento de la Cámara para que no fuera posible aprobar más de dos prórrogas del plazo de enmiendas.

¿Por qué resultan inexplicables las 34 prórrogas del plazo de enmiendas a la Proposición de Ley del PSOE y Unidas Podemos para la regulación del ejercicio del voto por los españoles que viven en el extranjero, es decir, para la supresión del voto rogado? Bien simple, porque los grupos proponentes no solo forman el gobierno de coalición, sino que tienen mayoría en la Mesa del Congreso de los Diputados.

Las elecciones del 13-F en Castilla y León no estaban previstas, pero las andaluzas tienen fecha fija. Y a este paso llegará el 2023 y seguiremos a vueltas con el voto rogado.

Una última consideración. En la Proposición de Ley hay aspectos novedosos que solucionan muchos problemas, pero tampoco consigo entender porqué hay que enviar a Madrid, al Ministerio de Asuntos Exteriores, los sobres con las papeletas, para que este órgano los envíe luego a las Juntas Electorales Provinciales, encargadas de recontarlos. No sería más razonable que en cada consulado se constituyera una Mesa electoral, que bajo la vigilancia y supervisión del Cónsul, hiciera el escrutinio de los sobres entregados y, por procedimientos electrónicos y con las debidas garantías, se remitieran dichas actas a las Juntas Electorales Provinciales. Igual votaban mas emigrantes.