La jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Catarroja que investiga la gestión de la DANA ha solicitado este lunes a La Sexta la copia íntegra del programa 'Salvados', emitido el 8 de diciembre de 2024, en el que se emitió una entrevista al presidente de la Diputación Provincial de Valencia, Vicente Mompó, sobre el día 29 de octubre, cuando el temporal devastó la provincia de Valencia y un día en el que él estuvo presencialmente en el Centro de Coordinación Operativo Integrado (CECOPI).
Todo ello se desprende de una providencia de la magistrada, facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), en el que reclama que se aporte al Juzgado "a la mayor brevedad" una copia íntegra del programa. La petición de la instructora se ha dictado este lunes junto con otros tres autos.
Mompó, citado como testigo
Al margen de la petición de la magistrada, el presidente de la Diputación está citado como testigo ante la jueza que instruye la causa, aunque su declaración se ha pospuesto en dos ocasiones: inicialmente debía comparecer el 14 de abril, el mismo día que la delegada del Gobierno, Pilar Bernabé, también en calidad de testigo, aunque se aplazó después de que el testimonio de la delegada se prolongara durante casi siete horas; y el 29 de abril, un día después del apagón eléctrico, por lo que quedó de nuevo suspendida.
Asimismo, en uno de los autos, la instructora confirma su decisión anterior de denegar la petición de diligencias de investigación formuladas por una acusación particular en relación a la presa de Forata porque dicha infraestructura no influyó en la crecida del caudal del barranco del Poyo y no guarda, por tanto, relación con el fallecimiento de los familiares de las víctimas mortales representados por esa parte, que fallecieron en Paiporta y Catarroja.
Por su parte, en el segundo auto, la instructora deniega las declaraciones testificales del responsable de la torre de control del aeropuerto de Manises y de varios mandos de Salvamento Marítimo, pues considera que exceden, "de manera manifiesta", del objeto de la investigación.
Según la juez, no es posible "valorar cada una de las posibles operaciones de salvamento que hubieran podido llevarse a cabo, tanto de manera terrestre como aérea, máxime si se atiende a que la falta de avisos era generalizada, no solo a la población, sino incluso a otras autoridades y a Fuerzas y Cuerpos de Seguridad".
"Completamente inocua"
El tercer auto deja sin efecto la personación como acusación popular del sindicato de funcionarios Manos Limpias y acuerda la devolución a esa organización de la fianza depositada. La magistrada explica en la resolución que la acción penal que ejerce esa entidad, contra el que fuera ex secretario autonómico de Emergencias, Emilio Argüeso, investigado en la causa junto con la exconsellera Salomé Pradas "sería completamente inocua".
La instructora llega a esa conclusión porque el investigado está defendido en este procedimiento por un abogado que representa, a su vez, a Manos Limpias como acusación en otros asuntos y llegó a definirse a sí mismo en una entrevista a La Razón como "abogado de referencia" y "jefe de los servicios jurídicos" de esa organización. Así, el letrado José María Manzanares expresó en el informe presentado que el pseudosindicato no debe informarle "tan siquiera" de los proyectos de denuncias y que "jamás aceptaría acciones contra el Partido Popular de la Comunidad Valenciana o sus cargos".
Por ello, la magistrada de Catarroja defiende que "la posible acción penal que se pudiera ejercer contra el Sr. Emilio Argüeso por parte de Manos Limpias sería completamente inútil". Por todo ello, concluye que "consecuencia de lo anterior no puede ser otra que dejar sin efecto la personación como acusación popular, en el presente procedimiento, del Colectivo de Sindicato Manos Limpias".