El Congreso de los Diputados pudo votar (y aprobar) el totum revolutum legislativo en el ruidoso pleno del jueves. La sede de la soberanía nacional esquivó la maniobra del Partido Popular, en connivencia con el Tribunal Constitucional, después de que este último aplazara el pleno articulado para escudriñar el recurso de amparo de los conservadores. La Diosa Fortuna sonrió al Gobierno y al bloque de la investidura, pero otros en el pasado no contaron con esa misma suerte. El tribunal de garantías adoptó medidas similares contra la Cámara catalana, aunque a diferencia de lo sucedido en la Carrera de San Jerónimo, no se paralizó la votación de una ley orgánica.

Hay que retrotraerse al año 2019 para recordar uno de estos tres enfrentamientos directos entre el Constitucional y el Parlament de Catalunya. En octubre de 2018, la Cámara regional aprobó una propuesta de En Comú Podem para censurar la figura de Felipe VI a la que se añadía la reclamación de abolir la Monarquía. El alto tribunal entonces, anuló la resolución ante la falta de competencias de la institución. Una manera de proceder habitual en otros casos, aunque en esta ocasión no se limitó a una suspensión, sino que también advirtió a la Mesa, a petición del Gobierno, de su deber para “impedir o paralizar que suponga ignorar o eludir la suspensión acordada”. El movimiento derivó en la obligación de la Mesa.

La rebelión de Torrent

Gracias al Partido Popular, el Constitucional pudo mandar dicha advertencia al por entonces president de la Cámara, Roger Torrent. La reforma aprobada por los conservadores en 2015 concedió al tribunal la competencia suficiente para garantizar el efectivo cumplimiento de sus sentencias, inédito en otros tribunales de esta naturaleza en los países de la zona euro.

La fórmula fue planteada en su momento como un escudo frente a una nueva consulta independentista. Cabe señalar que en 2014, el tribunal de garantías paralizó el referéndum del 9N pero se vía incapacitado para sancionar legalmente al expresident de la Generalitat Artur Mas en caso de desobediencia. Caso contrario al de 2017, cuando el TC sí pudo imponer multas a los cabecillas del 1-O, a los que también relevaron de sus funciones.

Pese a este contexto, tanto Roger Torrent como la Mesa desobedecieron el mandato del alto tribunal y no acataron la suspensión. “En el Parlament se debe poder hablar, debatir y votar de todo. Es la libertad de expresión de los diputados y se protegen los derechos de los ciudadanos a los que representan”, defendió entonces el president de la Cámara catalana. Una declaración que allanó el camino a la presentación de una resolución que reafirmaba a la anterior y aireaba la defensa de la autodeterminación. La propuesta fue aceptada antes de que el alto tribunal pudiera meter mano. No obstante, el movimiento motivó a la Fiscalía a querellarse contra los diputados por desobediencia.

Investidura de Puigdemont

Previamente, en enero de 2018, el Tribunal Constitucional intervendría en la actividad parlamentaria catalana. El expresident de la Generalitat, Carles Puigdemont, ya estaba instalado en Bélgica tras dar esquinazo a la Justicia española por los acontecimientos del 1-O, pero no fue óbice para que se pusiera sobre la mesa un último baile.

El presidente del Parlament propuso al expresident como candidato viable a la investidura, desencajando al Tribunal Constitucional y provocando una respuesta inmediata. El organismo preparó una resolución mediante la cual vetaba la unción de Puigdemont si no contaba con la “pertinente autorización judicial”, aunque este compareciera personalmente ante la Cámara regional, máxime si tenía vigencia una “orden judicial de busca, captura e ingreso inmediato en prisión”. Posteriormente, el TC también veto a candidatos alternativos como Jordi Sànchez o Jordi Turull.

Conclusiones constituyentes

Dos años antes, con el debate soberanista alcanzando cotas de efervescencia máxima, el Constitucional exigió al Parlament la paralización de todo debate, en el marco de la comisión de estudio sobre el proceso constituyente, que sobrepasara los márgenes de la Constitución, bloqueando la presentación y preceptiva votación de conclusiones del órgano parlamentario y que los grupos estaban ultimando.

Los miembros del alto tribunal advirtieron al Parlament de que su competencia es velar porque su propia línea de acción se desarrolle en el “marco de la Constitución”. Asimismo, subrayaron que todos los poderes públicos están obligados al “cumplimiento de lo que resuelva el Tribunal”.