La responsabilidad principal del mortal atropello ocurrido en la noche del 26 de septiembre de 2015 en la localidad granadina de La Zubia fue del conductor –condenado en su día a 15 meses de prisión por un delito de homicidio por imprudencia–, pero el accidente tal vez se haría evitado si el entonces presidente de la Diputación de Granada, Sebastián Pérez (PP), no hubiera ordenado meter tanta prisa a las empresas adjudicatarias de la obra.

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo 4 de Granada, estimando parcialmente el recurso contra una sentencia anterior, ha condenado a la Diputación a indemnizar con un total de 40.000 euros a dos hermanos del joven mortalmente atropellado porque, “aunque la vía cumpla en cuanto a iluminación y señalización la normativa, se forzó la inauguración de la carretera y ello pudo tener alguna incidencia en la señalización pues, como refiere el propio responsable que la pintó, ese trabajo no fue efectivo y, de hecho, en octubre debió de repintarse después del accidente”.

La sentencia da verosimilitud al testimonio del empresario Ignacio Pérez, encargado de la señalización horizontal y vertical de la vía, que en su declaración como testigo, recoge el fallo judicial, “manifestó que le insistían para que terminara porque coincidía con las elecciones de 2015. Aseguró que estaba lloviendo esos días y que no estaba en modo alguno indicado poner la pintura”. 

Para la acusación, “el atropello pudo haberse evitado si la proyección, ejecución, recepción y mantenimiento de las obras de esta carretera se hubiesen realizado de manera correcta y adecuada, con una planificación, ejecución, señalización e iluminación acorde a la garantía de los usuarios, y no plagada de irregularidades y deficiencias iniciales que motivaron un cúmulo de accidentes, algunos mortales”.

La sentencia da por bueno el relato de la representación legal de los demandantes: “Se entiende –afirmaba la acusación– que había prisa por terminar las obras en el tiempo previsto porque, si no se cumplían los plazos, no se recibían los fondos europeos, aunque podía haberse pospuesto su apertura unos días más, pero sobre todo porque estaban convocadas las elecciones autonómicas y municipales para el mes de mayo de 2015 y el entonces Presidente de la Diputación y su equipo tenían que inaugurar la carretera ya que finalizaba el plazo que la normativa electoral establece para este tipo de actos inaugurales”.

En consecuencia, precisaba la parte actora, “la Diputación exigió a las empresas adjudicatarias celeridad para que la carretera estuviese inaugurada como fuese el día 28 de marzo de 2015, a pesar de que los días previos llovía y se temía que las lluvias demorasen la inauguración de la carretera”.

Sin descartar la responsabilidad parcial de la Diputación, puesto que “había defectos en la señalización, particularmente en la insuficiente iluminación y en la pintura”, la sentencia recalca, no obstante, que “también es claro que el conductor conocía la carretera, porque la frecuentaba al ser de la zona, que vio a los peatones, que iba a una velocidad inadecuada y que tiene la mayor y gran parte de la responsabilidad en el accidente, lo que necesariamente atempera la responsabilidad de la institución”.