Hasta ahora, la posición oficial de Vox Andalucía era simplemente contraria a la exigencia del pasaporte Covid en locales de ocio nocturno y hostelería, pero el partido ultra no había llegado más lejos. Quien sí lo ha hecho ha sido su diputada cunera por Granada Macarena Olona, que ha anunciado en su cuenta oficial de Twitter que boicoteará la medida del Gobierno andaluz, que ha entrado hoy en vigor.

El mensaje publicado ayer por Olona, virtual candidata de su partido a la Presidencia de la Junta, dice textualmente esto: “Estoy vacunada con pauta completa. Pero me niego a ser marcada. Yo no voy a mostrar ningún certificado para ejercer mis derechos. Soy española y libre. ¿Y tú?”.

El mensaje de la dirigente de extrema derecha contiene implícitamente un llamamiento a incumplir la Orden de la Consejería de Salud, que estará en vigor hasta las 0.00 horas del día 15 de enero de 2022.  

Ya en agosto pasado, cuando por primera vez el Comité de Expertos de Andalucía planteó la conveniencia de presentar un certificado Covid o un resultado negativo de PCR/test para acceder a establecimientos de ocio, el portavoz del grupo de Vox en el Parlamento de Andalucía, Manuel Gavira, consideró la medida "una salvajada que limita los derechos de los andaluces; Vox Andalucía lo rechazamos rotundamente. No vamos a permitir que la Junta vulnere los derechos y libertades de los ciudadanos".

Desde las 00:00 horas de hoye, los establecimientos de hostelería, ocio y esparcimiento están obligados a exigir el Certificado Covid-19 o la prueba diagnóstica correspondiente para permitir el acceso al interior, tras la publicación de la Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).

La vigencia temporal de la medida incluye la totalidad del periodo navideño que se caracteriza, recuerda la Junta, "por un aumento de los desplazamientos y las reuniones familiares y de amigos propios de la época, con muchas personas disfrutando de días de vacaciones".

Según esta Orden, la exigencia del certificado Covid-19 o prueba diagnóstica en personas usuarias que acuden a estos establecimientos facilita la prevención de infecciones y, en consecuencia, puede evitar la aparición de brotes en los mismas. Además, las personas sin inmunidad tienen mayor probabilidad de infectarse y de ser transmisores con mayor carga viral que las personas con inmunidad, lo que justifica que se evite el acceso de éstas a los lugares considerados de alto riesgo de exposición.

La norma establece que las personas usuarias mayores de 12 años podrán acceder al espacio interior de los establecimientos de hostelería, y de ocio y esparcimiento, cuando acrediten la concurrencia de cualquiera de las siguientes circunstancias: que recibieron la pauta completa de una vacuna contra la Covid-19 para la cual se concedió una autorización de comercialización, de conformidad con el Reglamento (CE) 726/2004; que disponen de una prueba diagnóstica negativa realizada en las últimas 72 horas, en el caso de las PCR, y 48 horas, en el caso de los test de antígenos; o las personas que se recuperaron de una infección por el SARS-CoV-2 en los últimos 6 meses. Para ello, la persona deberá haber sido diagnosticada como caso confirmado de la Covid-19 hace 11 días o más, mediante una prueba PCR, no siendo válido otro tipo de test.