La Audiencia Nacional ha rechazado que Estado, Junta de Andalucía y Ayuntamiento de Carboneras (Almería) tengan que indemnizar a la empresa promotora del hotel levantado en el paraje de El Algarrobico, en pleno parque natural de Cabo de Gata-Níjar y violando la Ley de Costas. La sala considera en la resolución que no ha quedado acreditado que los daños económicos originados a la empresa sean imputables a la Administración.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, rechaza la pretensión de Azata del Sol, que demandó a las tres administraciones el pago conjunto y solidario de una indemnización de más de 70 millones de euros para resarcir los "daños y perjuicios" derivados de la situación jurídica del establecimiento de una veintena de plantas y 411 habitaciones, cuya obra fue paralizada por orden judicial en 2005 cuando estaba al 94 por ciento de ejecución.

La cifra incluía un cinco por ciento por daño moral según la tasación realizada por la sociedad Tinsa de acuerdo no solo al valor del suelo y del hotel, sino también teniendo en cuenta el daño moral, material y el descrédito empresarial a la mercantil.

La reclamación contra la administración del Estado giró en torno al "dilatado e irregular procedimiento administrativo" para el deslinde y fijación en 100 metros de la zona de servidumbre del dominio público marítimo-terrestre en la franja litoral donde esta el hotel, que se hizo después de "haberse edificado con todos los permisos y autorizaciones necesarios y de conformidad al Plan Parcial de Carboneras de 1988 y al expediente provisional de deslinde que fijaba la anchura de protección en 20 metros".

La promotora fundamentó la demanda contra la Junta en la aprobación del citado Plan Parcial, donde se habría establecido la franja en 50 metros "pese a que el Estado había informado que debía establecerse con una anchura de 100 metros" y le imputaba también que aprobó la revisión de la normativa urbanística municipal "prescindiendo de estas recomendaciones, otorgando las correspondientes licencias y autorizaciones para la apertura del hotel, hasta el punto que retiró las competencias al Ayuntamiento en 1997 para aprobar el proyecto de urbanización de El Algarrobico".

Por último, contra el Ayuntamiento carbonero, la promotora del hotel esgrimió que "otorgó licencia de obras para el complejo en enero de 2003, así como calificación ambiental favorable y licencia de actividad el 3 de marzo de 2003".

Greenpeace y Ecologistas se felicitan

Greenpeace y Ecologistas en Acción han saludado la sentencia de la Audiencia Nacional y esperan que suponga "un impulso" a la demolición y que se abra la puerta a que sea la empresa la que la "sufrague".

"Esperemos que esto agilice el derribo", ha indicado a Europa Press la portavoz de Greenpeace, Pilar Marcos, para quien esto "es un paso más" a la consecución de ese objetivo y que se da cinco años después de que el Tribunal Supremo (TS) determinase en firme que el suelo del Algarrobico es "no urbanizable de especial protección" al estar enclavado en el parque natural de Cabo de Gata-Níjar.

Marcos ha señalado que la sentencia que rechaza que la administración --Estado, Junta andaluza y Ayuntamiento de Carboneras-- tengan que pagar a Azata los 70 millones de euros que reclamaba deja también "sin una de sus excusas" a la propia administración.

"Han estado usando los pronunciamientos judiciales y el si tenían o no que indemnizar en un proceso muy pernicioso para no ejecutar la demolición", ha lamentado para valorar que, en este caso, la justicia se ha pronunciado a favor de Azata del Sol como si hizo en el caso 'Castor'.

Por su parte, el abogado de Ecologistas en Acción, José Ignacio Domínguez, ha ido un paso más allá y ha señalado que la sentencia hecha pública este viernes "demuestra" que la promotora "construyó sabiendo que los terrenos estaban en parque natural porque todo el mundo lo sabía y estaba publicado en BOJA".

Domínguez, quien ha remarcado que la Audiencia Nacional avala lo que los colectivos conservacionistas "llevamos diciendo casi 20 años, desde 2013", ha añadido que Azata del Sol también era "conocedora" de acuerdo al fallo de que la construcción "invadía la zona de servidumbre del dominio marítimo-terrestre".

"El arquitecto preguntó al Servicio Provincial de Costas si en ese tramo el deslinde era de 20 o de 100 metros y se le contestó que era de 100 metros, sí que lo sabían", ha subrayado para concluir que el fallo deja la puerta abierta "a que sea la promotora la sufrague los costes de la demolición del hotel ya que actuaron maliciosamente".