El juez de refuerzo del Juzgado de Instrucción número seis de Sevilla, José Ignacio Vilaplana, ha emitido un auto mediante el cual ordena continuar las diligencias como procedimiento abreviado contra los exdirectivos de Mercasevilla Fernando Mellet y Daniel Ponce, ya condenados por cohecho en dicha entidad; el exmiembro de la ejecutiva local del PSOE de Baeza (Jaén) Antonio Garrido Santoyo (como beneficiario ilegal de una póliza) ; los exmiembros de la consultora Vitalia Antonio Albarracín, Jesús María Bordallo y Francisco José González; el exsindicalista de UGT Juan Lanzas; su cuñado Ismael Sierra; José Rodríguez López como asesor fiscal de Lanzas; Francisco Algarín como su testaferro y Francisco Limón, administrador de Hermes Consulting; por presuntos delitos de falsedad documental, prevaricación, tráfico de influencias y malversación con relación a la mencionada entidad pública Mercasevilla, informa Europa Press.

En el mismo auto, el juez ordena el sobreseimiento provisional del procedimiento respecto a otras 12 personas, once de ellas miembros del comité de empresa de Mercasevilla incluyendo al presidente del mismo, Rafael Domínguez; y el que fuera delegado provincial de la Consejería de Empleo en Sevilla, Antonio Rivas, condenado inicialmente por el cohecho de Mercasevilla pero finalmente absuelto del mismo por el Tribunal Supremo.

Condenado previamente por el TSJA por meras “conjeturas”, Rivas fue absuelto en 2014 por el Tribunal Supremo en la causa por el cohecho de 450.000 euros exigido a unos empresarios como condición para gestionar la escuela de hostelería de Mercasevilla. Aun así, Rivas fue imputado a finales de 2018 por la juez María Núñez Bolaños en la pieza por las ayudas de 8,8 millones de euros a la empresa sevillana Pickman la Cartuja.

Las investigaciones judiciales sobre Mercasevilla impulsadas inicialmente por la juez Mercedes Alaya han dado hasta ahora poco rendimiento penal en el ámbito político. Políticos como Antonio Rivas (PSOE) o Antonio Rodrigo Torrijos (IU) fueron absueltos.

En este auto fechado el pasado lunes y recogido por Europa Press, el citado magistrado aborda la causa correspondiente a la presunta ilicitud de las ayudas autonómicas concedidas por la Consejería de Empleo -y ya juzgadas en la denominada pieza política y pendientes de sentencia definitiva-, "extramuros de cualquier legalidad", para las primas de las pólizas de seguro de rentas colectivas suscritas con relación a las prejubilaciones acordadas en los expedientes de regulación de empleo (ERE) promovidos en 2003 y 2007 por la empresa Mercasevilla, actualmente participada en exclusiva por el Ayuntamiento hispalense y la sociedad mixta Mercasevilla.

Se trata, en concreto, de una subvención de más de 5,6 millones de euros para el ERE de 2003 y una ayuda más superior a 6,9 millones de euros para el procedimiento de 2007.

El juez analiza así las ayudas otorgadas en relación a los dos ERE de Mercasevilla y el papel de cada uno de los investigados, aseverando que, de lo actuado, "se deduce que las ayudas concedidas a Mercasevilla carecerían de objeto definido y concreto, se llevaron a efecto de forma injusta y arbitraria prescindiendo del procedimiento legalmente establecido y sin observancia de los aplicables principios de publicidad, concurrencia y objetividad", a lo que se suma que se concedieron por el correspondiente director general de Trabajo, el ya fallecido Francisco Javier Guerrero; "sin competencia para ello, sin resolución motivada y justificada de concesión, sin acreditación de los requisitos necesarios para su obtención, sin que se justificase en modo alguno el carácter excepcional de la correspondiente ayuda (...), sin control administrativo y sin justificación ni acreditación del destino de los fondos percibidos".

Ayudas "sin análisis económico alguno 

"Estas ayudas constituyen una verdadera subvención a la empresa en cuanto que el destino de la misma era financiar el coste de las relaciones laborales y las consiguientes obligaciones que de las mismas se derivaban para la empresa", argumenta el magistrado, que pone de manifiesto que, además, las subvenciones se concedieron "sin análisis económico alguno realizado por la Junta que pusiera de manifiesto si estas ayudas, en sí mismas, eran procedentes en atención a las circunstancias del beneficiario (especialmente en los que se refiere a que la empresa no tuviera capacidad económica para hacer frente, en todo o en parte, a las obligaciones asumidas por la Junta)".

El juez agrega que "tampoco hubo control administrativo ni fiscalización a través del Gabinete Jurídico de la Junta o de la Intervención Delegada de la Consejería de Empleo", de manera que "no existen indicios de haber sometido el expediente de gasto -en ninguna de sus fases- a fiscalización previa, de acuerdo con lo preceptuado en el Reglamento de Intervención de la Junta", mientras que, entre otros aspectos, el magistrado también señala que la selección de las correspondientes entidades aseguradora y mediadora "se habría llevado a cabo de forma arbitraria sin observancia de procedimiento administrativo alguno".

El papel de Mellet

Según el juez instructor, Fernando Mellet, entre otros aspectos, "habría abonado los servicio de Francisco José González, comercial de Vitalia, y Juan Lanzas, persona que por sus contactos con la Consejería de Empleo conseguiría la financiación pública de la Junta, con cargo a los fondos de Mercasevilla", empresa que en aquellos tiempos dirigía.

En paralelo, "Lanzas habría facturado a través de la empresa de su cuñado Maginae Solutions una serie de servicios, justificándolos como actuaciones para la mejora de plantilla y servicios de asesoramiento, cuando realmente irían encaminados a satisfacer su comisión a resultas de los servicios prestados en relación al ERE de 2007" de Mercasevilla.

"En total, Lanzas percibiría de manera irregular, a través de la ficticia facturación de Algarín Lamela y de Maginae Solutions, 492.655 euros, de modo que toda esta operativa de facturas ficticias, emisión de cheques, cobro, reintegros y pagos se habrían llevado a cabo con el fin de obtener el cobro de estas gratificaciones y facilitar la entrada de estos fondos de procedencia ilícita en el circuito financiero", indica el juez, señalando en paralelo el papel de Garrido Santoyo como "intruso" en el ERE de 2007 al disfrutar de dinero del mismo pese no formar parte de la plantilla de Mercasevilla.

Para ello, habría recurrido según el juez a "sus relaciones personales con los investigados, en particular con Lanzas", quien "a través" de los miembros de Vitalia habría conseguido la "inclusión" de Garrido Santoyo "como beneficiario de la póliza" del ERE de 2007, y cobraba cuantías mediante Francisco Algarín Lamela, su "hombre de paja". Aunque militante del PSOE y dirigente local de Baeza, Garrido Santoyo fue incluido como intruso en Mercasevilla no por su relevancia política, que era insignificante, sino por "ser amigo de Juan Lanzas", según la Fiscalía Anticorrupción.

En relación a Antonio Rivas, el juez considera que "cabe entender indiciariamente acreditado que, en el periodo de tiempo a que conciernen los dos ERE de Mercasevilla, conocía que las pólizas de seguro de rentas (de los ERE) podían o iban a ser financiadas con dinero público", pero "no existen indicios sólidos de que haya tenido una intervención con suficiente relevancia causal en la decisión administrativa de otorgarse las ayudas y en la correlativa salida de dinero del erario público en forma tan irregular", motivo por el cual ordena el sobreseimiento provisional de la causa respecto a él.

En cuanto a los miembros del comité de empresa, para los cuales adopta la misma decisión, indica que aunque participaron en las negociaciones de los ERE de 2003 y 2007, dicha actuación "aislada no permite, en ausencia de otras evidencias de las que se deduzca una mayor implicación, acordar la continuación de las actuaciones respecto de los mismos", ya que dicha intervención "resulta insuficiente para sostener que tenían capacidad de disposición o de decisión sobre el otorgamiento de las ayudas ilícitas objeto de la causa".

Además, el juez instructor ordena continuar las diligencias previas como procedimiento abreviado, en calidad de responsables civiles subsidiarias, contra Mercasevilla, Vitalia, Maginae Solution y Hermes Consulting, sin perjuicio de que Mercasevilla pueda intervenir también como acusación particular como entidad perjudicada.