El Gobierno de Juan Manuel Moreno Bonilla ha colado 'por detrás' una modificación a la Ley de Transparencia Pública de Andalucía en la que las responsabilidades y las sanciones contempladas en la misma quedan totalmente sustituidas, rebajándose en ambos casos. ¿Por qué se ha colado 'por detrás' esta modificación? Porque el Gobierno de Moreno ha aprovechado la tramitación del proyecto de Ley de Universidades Públicas de Andalucía para introducir dichas modificaciones a través de enmiendas a su propio Proyecto de Ley, algo que nada tiene que ver con el objeto de debate. De hecho, el portavoz socialista de Presidencia, Mario Jiménez, advirtió el pasado viernes que recurrirá al Tribunal Constitucional de estas "enmiendas intrusas" para "eximir de sanciones" a altos cargos de Moreno Bonilla y del PP andaluz.
Para que nos situemos, el proyecto de Ley de Universidades Públicas de Andalucía está en fase de tramitación parlamentaria. En dicho proceso, cada grupo parlamentario realiza una serie de enmiendas a dicha ley, que normalmente se negocian en las reuniones que mantienen los grupos en las comisiones legislativas pertinentes, donde, en este caso, vuelve a imperar la mayoría absoluta del Gobierno de Moreno Bonilla. En la última mesa de negociación, cada grupo introdujo sus propias enmiendas, plasmándose en el Boletín Oficial del Parlamento Andaluz (BOPA) en el que se publicaron dichas enmiendas el pasado diciembre. Un documento que recoge las dos enmiendas que, a continuación desarrollaremos, y cuyo espíritu nada tiene que ver con las universidades públicas, sino que encierran una intención más lejana: desarticular la normativa de transparencia que actualmente rige en Andalucía.
En primer lugar, la primera de las enmiendas que el Gobierno de Moreno ha introducido en la Ley de Universidades relativa a la transparencia busca eliminar el título VI, que se refiere al régimen sancionador de la ley de Transparencia Pública de Andalucía, aprobada en 2014. Este título que el PP andaluz eliminará, debido a su mayoría absoluta, expone quiénes son los responsables (los altos cargos de las administraciones públicas, como la Junta de Andalucía) y cuáles las posibles infracciones en términos de transparencia pública. Así, las sanciones por los incumplimientos (leves, graves o muy graves), oscilan desde los 200 euros las más leves hasta los 400.000 euros las más graves.
Entre las infracciones graves o muy graves que desaparecerán se encuentran: el incumplimiento de la obligación de suministro de información que haya sido reclamada como consecuencia de un requerimiento del Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía o para dar cumplimiento a una resolución del mismo en materia de acceso, una infracción que, al ser considerada muy grave, podría estar sancionada hasta con 400.000 euros de multa. Es decir, la sanción se impone al incumplir la persona responsable un requerimiento de solicitud de información que sea competencia de la Administración.
También desaparecen, entre las faltas graves: la falta de contestación al requerimiento de información; o suministrar la información incumpliendo las exigencias derivadas del principio de veracidad, entre otras. Estas infracciones son sancionadas entre 5.000 y 30.000 euros de multa. Estas sanciones no solo aplicaban a altos cargos (de la Junta de Andalucía) sino a los entes instrumentales de la misma Administración.
Por otro lado, la segunda de las enmiendas, suprime la letra h) del artículo 48.1 de la Ley de Transparencia Pública de 2014 de la Junta de Andalucía. Este artículo, actualmente, reza Instar lo siguiente: "Instar la incoación de expedientes disciplinarios o sancionadores de acuerdo con las previsiones del título VI". Es decir, la obligatoriedad de las autoridades competentes para iniciar procesos de investigación o sanción, de acuerdo a lo estipulado en el título VI de la misma ley (anteriormente expuesto) para interponer las sanciones reglamentarias. Ahora, por tanto, esa obligatoriedad quedará suprimida debido a la eliminación de este punto.
También se modifica el artículo 50 de la Ley de 2014, donde se estipula la sanción por los incumplimientos de las obligaciones regidas en la ley y se sustituye por las infracciones y sanciones reguladas en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Y, por último, el Gobierno de Moreno Bonilla elimina de una tacada nueve artículos precisamente de ese régimen sancionador. Artículos que regulan los "responsables" de las infracciones, las "infracciones disciplinarias", las "infracciones de las personas obligadas al suministro de información", "sanciones disciplinarias", tanto para propia Administración como para otras entidades, etcétera.
Nuevo régimen sancionador
Como decíamos, los apartados suprimidos por el Gobierno popular estarán regidos, desde la aprobación de la Ley de Universidades, por la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, aprobada por el Gobierno de Mariano Rajoy. Para continuar con el mismo orden, la primera enmienda del PP relativa a transparencia dice así: "En relación con la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, se modifica la redacción del título VI, relativo al régimen sancionador, que se remite al régimen de infracciones y sanciones que regula la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno".
Con esto el PP relaja de una manera hábil las sanciones que podrían recibir las personas afectadas, dado que el propio artículo 27 de la Ley 19/2013 indica que esas sanciones contempladas se complementarán con las normativas existentes de las propias comunidades autónomas. Ahora, el Gobierno ha supeditado las sanciones de la Ley de 2014 autonómica a la estatal. Estas últimas sanciones, que a partir de la aprobación de la ley serán las que rijan las sanciones, son, asimismo, más 'leves', menos exigentes, o más generales, que las eliminadas, dado que las de 2013 habla de principios de Buen Gobierno, mientras que las sustituidas se ceñían a la transparencia.
Desde el artículo 27 al artículo 30 se rigen las distintas sanciones a imponer. El artículo 27 habla de 'Infracciones y sanciones en materia de conflicto de intereses', el artículo 28 habla de 'Infracciones en materia de gestión económico-presupuestaria', el artículo 29 habla de 'Infracciones disciplinarias' y el artículo 30 habla de 'Sanciones'.
En el artículo 29 se tipifican las infracciones "muy graves", entre las que destaca el "incumplimiento del deber de respeto a la Constitución y los Estatutos", la "discriminación por raza, sexo, etnia" o similares, "adopción de acuerdos ilegales que causen un perjuicio a la Administración", el "incumplimiento de las funciones esenciales inherentes al puesto de trabajo"... infracciones, por lo general, relativas al 'Buen Gobierno'.
Para estas infracciones, por otro lado, las sanciones llevarán aparejadas la destitución del cargo que ocupe la persona que lo ha cometido y, por otro lado, estarán sancionadas por los criterios establecidos en otra ley, la de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común.
Un nuevo movimiento del Gobierno de Moreno Bonilla que, no solo favorece a sus altos cargos, sino que 'libera' en cierta forma, de responsabilidades y trascendencia a dichas autoridades, socavando una Ley que estipulaba y velaba por la Transparencia de una Administración como la Junta de Andalucía.