Los augurios se han cumplido. El 17 de octubre de 2017 EL PLURAL publicaba una información que, bajo el título ‘Caso Aznalcóllar, ¿otro bluf de Alaya?’, arrancaba de este modo: “El caso Aznalcóllar, relativo a la adjudicación por la Junta de Andalucía de esta explotación minera en la provincia de Sevilla, va camino de convertirse en un nuevo bluf judicial que puede quedar en nada pese a los ríos de tinta periodística y parlamentaria que ha dejado a su paso desde que comenzara su instrucción en febrero de 2015”.

Este martes, la titular del Juzgado de Instrucción 3 de Sevilla ha confirmado aquellos pronósticos, fundados en que, en diciembre de 2015, ya había habido un primer archivo del caso. Dicho sobreseimiento provisional fue recurrido ante la Audiencia de Sevilla, cuya Sección Séptima ordenó seguir investigando en un auto del que fue ponente Mercedes Alaya.

Dos burbujas judiciales

Como se recordará, la exinstructora de la macroacusa de los ERE también fue la impulsora de los casos Mercasevilla  y cursos de formación, que a la postre quedarían reducidos a meras burbujas judiciales que investigaciones o sentencias de otros órganos judiciales pincharon sin contemplaciones.

En la pieza principal del caso Mercasevilla todos los altos cargos procesados fueron absueltos y en los cursos de formación se produjo una cascada de archivos que dejaron prácticamente en nada la supuesta ‘red clientelar que Alaya creyó ver la gestión de los mismos y cuyo presunto –en realidad, presuntísimo– fraude el PP elevó hasta los 3.000 millones de euros.

Abuso de la vía penal

Al igual que argumentaron reiteradamente imputados y luego exculpados en otros casos de Alaya, en su auto de archivo la juez Fernández Palacios sugiere implícitamente que la vía correcta para dirimir el caso Aznalcóllar debió ser la contencioso-administrativa y no la penal:

“El papel del orden penal –escribe– debe ser apreciar si realmente son clamorosamente inviables o no alguna o algunas de las propuestas refrendadas en la resolución de adjudicación", de manera que en este caso “los elementos de controversia son cuestiones administrativas y deberán ser objeto de pronunciamiento" en dicha jurisdicción.

¿Otro contubernio fallido?

Particularmente sugerente resulta este otro razonamiento, dadas sus conexiones con el núcleo argumental de varias de las defensas de la macrocausa de los ERE, instruida casi toda ella por Alaya:

“A nadie se le escapa que resulta difícil sostener la figura de la prevaricación, que exigiría afirmar que las personas denunciadas, actuando de común acuerdo, resolvieron injustamente a sabiendas sin que se haya podido poner de manifiesto cuál fuera el móvil de dicha actuación", es decir, habría que acreditar que los políticos y funcionarios que participaron colegiadamente en el proceso de adjudicación “se concertaron entre sí para producir un resultado previamente predeterminado mediante la infracción de las normas que regían el procedimiento”.

Lo cierto, concluye el auto, es que “sobre este particular no se ha podido encontrar rastro alguno a lo largo de la presente investigación, ni siquiera tras el análisis y rastreo que la UCO lleva a cabo de decenas de miles de correos electrónicos de los que no se puede extraer sospecha o indicio de contubernio entre los miembros de la mesa del concurso o de la comisión técnica".

La tesis del cortubernio o teoría de la conspiración también estuvo muy presente en distintos autos de la juez Alaya durante la instrucción de los ERE o los cursos de formación. 

Errores de grueso calibre

Como se recordará, tras ser adjudicados los derechos de explotación a México Minorbis, su competidora Emerita elevó a los juzgados una denuncia acusando a la Administración autonómica de presuntos delitos de prevaricación, cohecho, tráfico de influencias y fraude, alegando entre otros aspectos que su oferta económica superaba ampliamente a la de Minorbis.

Inicialmente, y basándose en un informe policial plagado –según el Gabinete Jurídico de la Junta– de gruesos errores en la interpretación de la legislación nacional e internacional, la propia juez apreció graves irregularidades e imputó a la entonces directora general de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía, María José Asensio, que fue apartada del cargo hasta que la instructora archivó provisionalmente las actuaciones en diciembre de 2015.

“Ilegalidades severas”

La batalla jurídica no acabó ahí porque Emerita y el pseudosindicato ultra Manos Limpias impugnaron la decisión de la juez ante la Audiencia de Sevilla, cuya Sección Séptima les dio la razón tras respaldar la dura ponencia elaborada por la magistrada de los ERE.

En un primer auto de 59 páginas, con fecha de octubre de 2016 y del que fue ponente Alaya, se ordenaba reabrir la investigación ante los "indicios de ilegalidades severas y arbitrarias" en el procedimiento administrativo y la vulneración "flagrante" la Ley de Minas.

Ante los incidentes de nulidad planteados por varios imputados, Alaya elevó a la Sección Séptima un segundo escrito recalcando que existían “indicios sólidos de la posible comisión de un delito de prevaricación”, por lo que había que “seguir investigando”.

Esta nueva resolución de 18 páginas de Alaya criticaba abiertamente al Gobierno andaluz de Susana Díaz, le reprochaba “manipular” argumentos jurídicos para sostener su petición de nulidad e insistía en apreciar un “elevado número de omisiones e incumplimientos”. El escrito de Alaya añadía que “los sólidos indicios expuestos por esta Sala no son ni meras conjeturas ni suposiciones”.

Ir deprisa no es delito

El auto de archivo de Fernández Palacios es muy crítico de manera explícita con la empresa recurrente, pero bajo algunos de sus argumentos cabe leer un reproche tácito a la imprudente convicción de Alaya y de la Sección Séptima de la Audiencia de estar viéndoselas con algo más que "meras conjeturas".

Sostiene la juez que “tras el examen de la abundante documentación aportada en las actuaciones, las declaraciones que se han vertido por los imputados y el amplio análisis que realiza la Intervención General del Estado, las cuestiones objeto de debate son cuando menos susceptibles de otra interpretación o valoración distinta a la sostenida en la denuncia matriz" de Emerita.

Dice la juez, insinuando aunque mencionarla la cercanía de las elecciones de marzo de 2015, que “no es descartable que en determinados aspectos se apremiase a los técnicos por razones de calendario (…) pero ni siquiera correr más de lo aconsejable en un proyecto de esta naturaleza es equivalente a prevaricar y menos aún consta que lo hicieran de común acuerdo quienes integraban los órganos colegiados de la Administración. Y añade: "En principio, hemos de concluir que el procedimiento ha sido el correcto, teniendo en cuenta además que con carácter previo había sido una normativa específica aprobada ad hoc la que regía en este concurso".

Un resumen

El resumen apresurado de los hechos judiciales y políticos del 'bluf de Aznalcóllar' sería aproximadamente el siguiente:

-La empresa Emerita Resources España pierde el concurso internacional convocado por la Junta y presenta una querella por prevaricación por la vía penal.

-La Policía investiga a fondo el proceso y eleva al juzgado un pormenorizado informe aportando indicios que parecían dar la razón a la empresa querellante.

-La juez encargada del caso dicta auto de apertura de diligencias dando inicialmente por buenas las conclusiones policiales, por lo que son formalmente detenidas e imputadas alrededor de una decena de funcionarios y altos cargos a los que la juez y la Policía toman declaración con las cámaras apostadas en los alrededores del juzgado y la comisaría.

-La magistrada archiva la causa, reduciéndola a meras irregularidades administrativas cuyo esclarecimiento correspondería a la jurisdicción de lo contencioso, donde el caso ya estaba también residenciado desde un principio.

-Emerita Resources España presenta recurso contra el auto de archivo, la Audiencia de Sevilla le da la razón y ordena proseguir las investigaciones que, ahora, han quedado finalmente archivadas.

-La investigación judicial, iniciada cuando todavía Susana Díaz no había logrado ser investida presidenta, tuvo contra las cuerdas durante meses a un Gobierno andaluz heredero de prácticas políticas y administrativas de sus antecesores que han dado lugar a macrocausas judiciales que, a su vez, han desacreditado a la Junta de Andalucía y otorgado un alto grado de verosimilitud a denuncias como la del concurso de Aznalcóllar.

-La oposición de PP, Podemos e Izquierda Unida, que cargó durísimamente contra el Gobierno andaluz, nunca se retractó de sus acusaciones tras el primer archivo, ni tampoco lo ha hecho tras el segundo.