El caso Aznalcóllar, relativo a la adjudicación por la Junta de Andalucía de esta explotación minera en la provincia de Sevilla, va camino de convertirse en un nuevo bluf judicial que puede quedar en nada pese a los ríos de tinta periodística y parlamentaria que ha dejado a su paso desde que comenzara su instrucción en febrero de 2015.

Fue entonces cuando la sociedad Emerita Resources, perdedora del concurso internacional, presentó una denuncia contra la Junta de Andalucía por presuntos delitos de prevaricación, cohecho, tráfico de influencias y fraude. El caso sería archivado meses después pero reabierto más tarde.

De momento, los investigadores no han hallado indicios de la prevaricación investigada. Ayer se conoció que la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil no ha encontrado ni una sola “comunicación o documento que permita inferir la existencia de influencias sobre los miembros del Comité Técnico o de la Mesa del Concurso para favorecer a una o a otra empresa licitante".

124.012 correos analizados

Es la principal conclusión de los investigadores tras analizar 124.012 correos electrónicos de tres altos cargos y doce funcionarios de la Consejería de Empleo relacionados con la adjudicación a la agrupación empresarial México-Minorbis de los derechos de explotación del yacimiento minero.

Aun así, los agentes se curan en salud advirtiendo de que hubo una serie de periodos temporales, a veces a un año, “en los que no existían correos electrónicos, circunstancia que condiciona las conclusiones del análisis". La explicación técnica más factible, según la UCO, es que “durante ese tiempo la configuración de las cuentas de correo se hubiera realizado mediante un tipo de configuración que descarga todos los correos en el disco duro del ordenador, dejando de almacenarse en el servidor”.

Archivo y reapertura

También la juez instructora del caso, Patricia Fernández, pensaba que no hubo favoritismo ni tráfico de influencias en la adjudicación a México-Minorbis y decidió archivarlo en noviembre de 2015.

Posteriormente, fue obligada a reabrirlo once meses después por orden de la Sala Séptima de la Audiencia de Sevilla, de cuyo auto de reapertura fue ponente la juez Mercedes Alaya. En este auto –de 59 páginas y fecha de octubre de 2016– donde se ordenaba reabrir la investigación, Alaya apreciaba "indicios de ilegalidades severas y arbitrarias" en el procedimiento administrativo y una vulneración "flagrante" la Ley de Minas.

La Junta entendió que aquel auto no suspendía la actividad industrial y minera ya en marcha. La empresa perdedora Emerita Resources España intentó sin éxito su inmediata paralización.

Dos burbujas judiciales

Como se recordará, la exinstructora de la macroacusa de los ERE también fue la impulsora de los casos Mercasevilla y cursos de formación, que a la postre resultaron ser gigantescas burbujas que investigaciones o sentencias de otros órganos judiciales pincharon irremisiblemente.

En la pieza principal del caso Mercasevilla todos los altos cargos procesados fueron absueltos y en los cursos de formación se ha producido una cascada de archivos que han dejado en nada la supuesta ‘red clientelar’ que Alaya creyó ver la gestión de los mismos.

Una diligencia polémica

En el caso de la mina de Aznalcóllar, la diligencia de acceder a esas decenas de miles de correos de funcionarios y altos cargos fue solicitada por la empresa perdedora del concurso y recurrida por la viceconsejera María José Asencio y varios funcionarios, que venían en ella una “clara, evidente y flagrante actitud prospectiva” con el propósito de “ver qué delito se puede considerar cometido del examen de los correos electrónicos”.

El recurso fue resuelto por la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla en un auto del que fue ponente Alaya y que autorizaba volcar y entregar a la UCO dichos correos.

El estilo Alaya

Algunos párrafos de este auto tenían un inconfundible ‘estilo Alaya’: la entrega de los correos estaba justificada, decía la juez, porque podía ser clave para “la persecución de un delito contra la Administración que genera tanto menoscabo a nuestro Estado de Derecho, tanto desprestigio para las Instituciones Públicas y causa tan grave daño a la ciudadanía”.

En contra del criterio manifestado por la instructora cuando archivó provisionalmente el caso, Alaya entendía que “los sólidos indicios expuestos por esta Sala no son ni meras conjeturas ni suposiciones”. El informe ahora conocido de la UCO sobre los correos sugiere más bien todo lo contrario: que las tesis de Alaya eran meras conjeturas y suposiciones.