Lecturas ha sido condenada a pagar a la presentadora de televisión Eva Nasarre una indemnización de 200.000 euros por publicar un reportaje fotográfico sobre su estado de salud cuando había dejado de ser famosa, y después de expresar su decisión de no aparecer en los medios de comunicación.

Eva Nasarre se hizo famosa en la década de los 80 por los programas Puesta a punto y Buenos días, donde actuaba de monitora de aeróbic y animaba a los telespectadores a seguir los ejercicios que hacía junto a un grupo de gimnastas.

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha confirmado la condena a Lecturas por difundir, ocho años después de su última aparición pública, fotografías en las que aparece en silla de ruedas a causa de una enfermedad degenerativa junto a otras imágenes de su etapa al frente del programa de aerobic que se emitía en la televisión en los años 80.

Vulneró su intimidad

La sentencia rechaza el recurso de casación interpuesto por RBA Revistas S.L. contra el fallo de la Audiencia Provincial de Madrid, que condenó a la editora por vulnerar el derecho a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen de Eva Nasarre tras la publicación en dos fechas distintas -6 de junio y 26 de diciembre de 2012- de noticias y fotografías sobre su vida privada.

Para el Tribunal, la información facilitada por la revista "carecía de interés público al referirse a una persona que había dejado de ser famosa, que no aparecía en los medios de comunicación, que no participaba desde hacía ocho años en el circuito rosa, y que en su última aparición en 2004 había manifestado expresamente que no volvería a conceder entrevistas".

El estado de deterioro de la presentadora

La sentencia destaca que la revista intentaba  "mostrar el estado de deterioro actual de Dª Eva" y rechaza, en contra de lo que sostiene Lecturas, que ofreciera información de su hijo, cuyas declaraciones aparecen de "soslayo".  

De acuerdo con la doctrina del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, la Sala Primera concluye que la información se publicó "con devaluación del concepto que se pudiera tener de Dª Eva, sin consentimiento de la misma, cuando ya no era personaje público y careciendo de interés público o noticiable, por lo que la ponderación de los derechos en conflicto se efectuó con toda razonabilidad al entender notoriamente afectado el derecho a la intimidad por la información publicada sin causa legítima que lo justifique".

Pedía una indemnización mayor

La presentadora había solicitado en su demanda 400.000 euros de indemnización por los dos reportajes, pero la sentencia de instancia, confirmada después por la Audiencia Provincial de Madrid, la fijó en 200.000 euros. 

La sentencia añade que la editora de la revista persistió y volvió a recoger un nuevo reportaje sobre Eva Nasarre meses más tarde, que no añadía información,  pero que sí incrementaba el daño padecido, pese a que fue requerida para que dejase de publicar noticias sobre la presentadora.