Una diligencia del TSJA, informa a las partes personadas de que el fiscal de la Sala Segunda del Tribunal Supremo ha desistido de su recurso de casación, pese al primer anuncio de la Fiscalía andaluza de que recurrirían la condena a Serrano e instaría su absolución.

Absolución
La Fiscalía del TSJA, aunque inicialmente pidió la condena a Serrano, durante el juicio celebrado en octubre pasado solicitó su absolución porque no consideró que incurriese en un delito de prevaricación al cambiar el régimen de visitas de un niño para que pudiese salir en una procesión de la Semana Santa de 2010 en Sevilla.

Buena la condena
Fuentes del caso han informado de que ahora la Fiscalía del Supremo da por buena la condena a Serrano, aunque los recursos de casación continúan por parte de la defensa, que pide la absolución, y la madre afectada por el cambio de visitas, que solicita veinte años de inhabilitación.

De forma "imprudente"
El fallo del alto tribunal andaluz consideró que el magistrado actuó de forma "imprudente" al omitir varios trámites procesales, si bien le absolvió de la prevaricación "dolosa" por la que fue procesado al entender que no buscó lesionar ningún derecho "a sabiendas".

Completo desinterés
Según el TSJA, dicha "imprudencia" consistió "en un completo desinterés por el conocimiento exacto de la real dimensión del conflicto" que existía entre los padres divorciados del menor, lo que determinó la "vulneración" de las normas "esenciales" del procedimiento.

Fue "manifiestamente injusta"
El tribunal consideró que la resolución dictada por el juez de Familia el 30 de marzo de 2010 fue "manifiestamente injusta", por ser, entre otras razones, "atemporal y precipitada", negar "apresuradamente" derechos individuales de audiencia sin que hubiera peligro o perjuicio inminentes o convertirse "en instrumento de una parte".

Serrano contribuyó también a "dimensionar mediáticamente" el hecho
La sentencia señaló que Serrano contribuyó también a "dimensionar mediáticamente" el hecho, incluso antes del día en que se iba a producir la salida procesional del menor, en la "Madrugá" de 2010, "con el consiguiente daño y exposición pública" del niño y la madre, que soportó "críticas acerbas y comentarios vejatorios".