La Policía Nacional de la comisaría de la Avenida do Porto de A Coruña ha impuesto una infracción grave a un padre utilizando la Ley Mordaza porque dos de sus hijos jugaban en la entrada del local.

Según el relato policial, “los dos hijos” de este hombre estaban “entrando y saliendo” de la oficina y le dieron “golpes” a un paragüero. El agente que puso la sanción asegura que el padre fue avisado del comportamiento de sus hijos, habiéndole pedido anteriormente que los “controlase”, y que él desvió la tarea a su mujer, que era quien se podía hacer cargo al encontrarse dentro de la oficina.

En cambio, en la denuncia de la Policía, no consta que el hombre se encontraba fuera de la comisaría sosteniendo a su otro hijo, un bebé de menos de un año, y que la madre, quien estaba con los otros dos menores, estaba hablando en ese momento con un funcionario para la renovación del DNI.

El padre, que fue contra quien se redactó la infracción, interpuso una queja en la propia comisaría en la que explicaba la situación: él se encontraba fuera de la comisaría con su bebé y el agente se dirigió a él para que “controlase” a sus hijos de dos y cuatro años, a los que acusa de una infracción grave. El hombre respondió al policía que no podía hacerse cargo al encontrarse fuera del recinto con un bebé en brazos y que ellos se encontraban dentro con su madre. A continuación, el agente le pidió el DNI y redactó la multa por una infracción en el marco de la Ley Mordaza.

La ley 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, conocida popularmente como Ley Mordaza, tipifica infracciones graves en su artículo 36 por "causar desórdenes en las vías, espacios, o establecimientos públicos, u obstaculizar la vía pública con mobiliario urbano, vehículos, contenedores, neumáticos u otros objetos, cuando en ambos casos se ocasione una alteración grave de la seguridad ciudadana". Las sanciones para las infracciones graves pueden oscilar entre 601 y 30.000 euros, dependiendo del grado en el que sea valorada la infracción.