Este jueves se hacía pública la sentencia contra Jorge Ignacio Palma, condenado por los asesinatos machistas de Marta Calvo, Arliene Ramos y Lady Marcela Vargas, así como por el intento de asesinato de otras ocho mujeres. En el fallo, la magistrada presidenta del juicio por jurado ha condenado a Palma a 159 años de prisión, con un máximo cumplimiento de 40. Sin embargo, las víctimas y sus familias no están de acuerdo y han anunciado que recurrirán la sentencia y volverán a pedir la prisión permanente revisable (PPR).

Según ha podido saber ElPlural.com a través de Juan Carlos Navarro, el letrado de siete de las mujeres que fueron atacadas por este asesino, se recurrirá la parte que afecta a la aplicación de la prisión permanente revisable, mientras que no se presentará recurso contra el resto del fallo con el que Navarro afirma estar de acuerdo.

Así, Juan Carlos Navarro afirma que: “Aunque la literalidad del artículo del Código Penal no aclaró del todo bien. La redacción del artículo lleva a interpretaciones que, por la falta de casuística, tiene que ser definido por el tribunal superior, ya que nosotros discrepamos en la interpretación que ha realizado la magistrada, pues ella entiende que se refiere a muertes anteriores a esta sentencia y nosotros que es en la misma”. Navarro, con esto último habla sobre la necesidad de que haya más de dos crímenes para aplicar la PPR.

El criterio de aplicación de las acusaciones particulares choca con el de la juez y el de la fiscal del caso, quien tampoco varió su escrito de acusación inicial en el que pedía penas de más de cien años, pero en ningún caso el de la PPR.

La sentencia

La sentencia ha considerado probado que Jorge Ignacio Palma fue responsable de un delito contra la salud pública; un delito contra la libertad e indemnidad sexuales; seis delitos contra la libertad e indemnidad sexuales en concurso ideal con seis delitos de asesinato alevoso en grado de tentativa y tres delitos contra la libertad e indemnidad sexuales en concurso ideal con tres delitos de asesinato alevoso consumados.

Sin embargo, absuelve al procesado del delito contra la integridad moral del que también estaba acusado y le impone el pago de indemnizaciones a seis víctimas y a los familiares de otras tres que fallecieron que en su conjunto ascienden a 640.000 euros.