El magistrado Francisco José Goyena, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), ha elevado una exposición razonada a la Sala Penal del Tribunal Supremo, para que sea el Alto Tribunal quien determine si el fiscal general del Estado, Álvaro García, cometió o no un delito de revelación de secretos. Goyena investigaba hasta ahora la presunta filtración a los medios de comunicación de datos de la denuncia por presuntos delitos fiscales interpuesta por la Fiscalía contra el empresario Alberto González Amador, novio de Isabel Díaz Ayuso, presidenta de la Comunidad de Madrid. El juez entiende que pudo haber un delito de revelación de secretos en el comunicado con el que la Fiscalía buscaba desmentir varios bulos sobre el proceso judicial por doble fraude fiscal contra el empresario, y por ello pide que la investigación se centre sobre las órdenes dadas por el fiscal general del Estado, Álvaro García.
La pareja de Isabel Díaz Ayuso decidió querellarse contra el fiscal que le denunció y contra su superior por revelación de secretos. Lo hizo después de que la Fiscalía de Madrid emitiera un comunicado sobre los contactos con el abogado de González Amador para buscar un acuerdo de conformidad. Un comunicado que se publicó después de que, desde el entorno de Ayuso, se filtraran bulos, cuando la realidad era que fue el novio de la presidenta el que asumió que había cometido un delito y estaba buscando un acuerdo que evitara su entrada en prisión.
Para el juez, y según consta en la exposición razonada a la que ha tenido acceso ElPlural.com, la nota de prensa enviada por el Ministerio Público "no se corresponde” con lo dicho por ello, y es que se quería defender la honorabilidad de los fiscales, de la institución, así como el derecho fundamental a una información veraz que tienen los medios de comunicación. Para el magistrado se produjo un "exceso" pues con la nota de prensa se produjo una "divulgación de datos e información que no puede ser revelada a terceros", pues a su juicio, el comunicado de la Fiscalía "podría haber tenido otro formato y contenido que no vulnerara el deber de reserva que debía guardarse".
A este respecto, dice el juez: "La difusión de dicha información, no se corresponde con la alegada finalidad que apunta el Ministerio Fiscal, pues aparte de exceder en su contenido a lo que aparece divulgado en la prensa, supone la divulgación de datos e información que no puede ser revelada a terceros, al perjudicar a un tercero e incluso a un interés colectivo, si atendemos al derecho de defensa, no sólo del particular, sino también en general y a lo que tendería la finalidad de la querella presentada por el Colegio de la Abogacía de Madrid".
Por todo lo anterior, el juez le 'suplica' al Supremo que, como "nos encontramos ante la tesitura de que la cabal prosecución de las presentes diligencias de investigación, haría, a nuestro juicio, necesario su contrastación con la versión de estos hechos que pudiera dar el Excmo. Sr. fiscal general del Estado, a los que, es notorio, al margen del escrito extraprocesal remitido, que no es ajeno".
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