Tras el informe publicado este viernes por la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil en el que subraya una “decisiva arbitrariedad” y trato de favor en contratos adjudicados por Red.es al empresario Juan Carlos Barrabés, la entidad centrada en el sector de la transformación digital en España ha presentado un escrito ante la Fiscalía de Delitos Económicos de Madrid con el que pone de manifiesto que el contrato objeto de investigación no contó con declaración de interés firmada por Begoña Gómez.
En esta línea, Red.es pone de relieve que el contrato investigado no fue financiado con fondos de la Unión Europea, por lo que “resulta materialmente imposible la concurrencia de un eventual fraude a los intereses financieros de la Unión Europea”. Esta circunstancia ya se hizo constar ante la Fiscalía Europea, lo que motivó que este organismo se declarara incompetente para investigarlo.
En líneas similares, respecto a la posible existencia de un delito de prevaricación, porque supuestamente se “habría obviado para valorar al que iba a ser el licitador adjudicatario la inexistencia de un libro blanco que exigía en los pliegos como requisito necesario”, Red.es aclara que la presentación de un libro no era un requisito previo a la formalización del contrato, sino que debía ser entregado durante la ejecución del contrato, tal y como se puede comprobar en el Pliego de Prescripciones Técnicas. En esta línea, añaden que ninguno de los licitadores presentó el libro blanco definitivo en la fase de licitación, ya que no se exigı́a. En su caso, fue la oferta adjudicataria la que presentó el libro blanco definitivo en los plazos estipulados al efecto durante la fase de ejecución del contrato.
Por otra parte, en cuanto a las conversaciones entre trabajadores de Red.es durante la fase de valoración de las ofertas que se presentaron a la licitación recogidas en un informe de la UCO, la empresa asegura que “tanto la preparación de la licitación como la ejecución posterior del contrato se desarrollaron con pleno respeto a las exigencias y procedimientos establecidos en la legislación de contratación pública aplicable”. Asimismo, añaden que la existencia de discrepancias entre evaluadores no evidencia ausencia de criterio, sino precisamente la concurrencia de valoraciones técnicas razonadas que, en todo caso, se sustentan en motivos expresados y explicitados en la correspondiente motivación, excluyendo así cualquier actuación arbitraria en sentido jurídico. De hecho, añaden, esas conversaciones revelan que se consideraba excelente la oferta finalmente adjudicada.
La UCO detecta "arbitrariedad"
En otro orden de cosas, la UCO ha detectado una "decisiva arbitrariedad" y trato de favor en contratos adjudicados por Red.es al empresario Barrabés, enviado a juicio por el juez Peinado en el marco del 'caso Begoña’.
Así consta en un informe, donde los agentes analizan, a petición de la Fiscalía Europea, correos electrónicos sobre la tramitación de dos expedientes de esa empresa pública. "Cabe tener en cuenta que la valoración de todos los licitadores no se afronta con uniformidad a partir de los criterios preestablecidos", señala la UCO, para agregar que, "por el contrario, se observan diferentes elementos de los que subyace una decisiva arbitrariedad que marca el devenir de las licitaciones".
Los agentes indican que el principal ejemplo es "la inversión del planteamiento del proceso de valoración", precisando que "se altera el orden preestablecido".
En este sentido, señalan que, en lugar "de analizar las ofertas para a partir de ahí realizar una valoración y, con base en esta, establecer una puntuación de cada uno de los tres criterios que, en ponderación con los anteriores, da lugar a la puntuación definitiva de la fase", a lo largo del proceso de valoración "se marcan determinadas pautas o se imponen puntuaciones concretas a las cuales se adapta la valoración textual volcada en los informes publicados".
Los investigadores exponen que "se realizan adaptaciones adicionales para enmascarar en la medida de lo posible estas modificaciones", como "revisiones a la baja en la valoración de las ofertas puntuadas de manera similar a la principal damnificada en una penúltima revisión", "reconsideración que es obviada en la definitiva y más significativa reducción de la puntuación de este licitador".
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