No ha habido sorpresas en el pleno del Consejo General del Poder Judicial en el que se debían nombrar los dos magistrados para el Tribunal Constitucional. No ha habido acuerdo entre los vocales progresistas y los conservadores para elegir los candidatos pero sí sobre el procedimiento de elección. De hecho, ni se ha tocado el tema de los candidatos y solo se han centrado en las 'reglas del juego'. Legalmente deberían hacer los nombramientos antes del día 13 de septiembre, pero según las fuentes consultadas por ElPlural.com, se superará esa fecha.

El pleno se ha celebrado un día después de que el presidente del CGPJ y del Tribunal Supremo, Carlos Lesmes, anunciara que, si no se renueva el Órgano de Gobierno de los jueces dimitirá en las próximas semanas. Un anuncio que pilló a contrapié tanto a PP como a PSOE durante la apertura del año judicial.

En cuanto al pleno, el bloque conservador ha llegado con una serie de propuestas para el sistema de elección por parte del pleno. Ya lo anunciaron a principios de semana cuando, tras una reunión de varias horas, decidieron no bloquear la elección de los magistrados del Tribunal de Garantías.

Así, al anuncio de no bloqueo, añadieron que, "es necesario establecer, como primer paso, las reglas de juego.  Una vez establecidas, se generará el marco adecuado en el que resulta fundamental que se respeten los tiempos de decisión del Consejo".

Finalmente el sistema de elección queda así: El quorum de constitución es el establecido en el art. 600.4 LOPJ, que es de 3/5 del número de miembros presentes en la votación del Pleno. La convocatoria del pleno tendrá lugar cuando lo acuerde el presidente por propia iniciativa o lo soliciten al menos cinco vocales.  La solicitud de convocatoria del pleno incluirá los nombres de dos candidatos. De momento no hay fecha para el próximo pleno.

También han aprobado que, una vez convocado el pleno, los vocales podrán presentar propuestas de candidatos adicionales hasta el mismo momento del inicio de la sesión. Unas propuestas que irán acompañadas del curriculum de los candidatos. De la votación, se ha acordado que cada uno de los vocales podrá votar un máximo de dos candidatos en cada votación. La designación se tendrá por realizada sólo en caso de que dos candidatos hayan obtenido el número de votos exigido por el quorum de votación previsto para el nombramiento, ya sea de manera simultánea o sucesiva. Por último, se ha acordado que, en caso de que ningún candidato obtuviera el número suficiente de votos, esa circunstancia no impedirá que en las sesiones sucesivas del pleno se puedan proponer los mismos candidatos.