El Partido Popular le ha ganado, con foto finish de por medio, a Vox en la personación como acusación popular en el caso Azud, que investiga presunto el amaño sistemático de contratos en el Ayuntamiento de Valencia por parte, supuestamente, del cuñado de la entonces alcaldesa Rita Barberá, el abogado José María Corbín. Según fuentes cercanas al caso consultadas por ElPlural.com, la carrera comenzó cuando en el auto de personación emitido por la magistrada instructora se pusieron dos condiciones: la primera, que se debía abonar una fianza de 10.000 euros; la segunda, que solo podía haber una dirección letrada y, por tanto, el primero en pagar esos 10.000 euros era el partido que ponía el abogado.

Así, y con esas condiciones sobre la mesa, cual Usaint Bolt, comenzó una carrera de velocidad por ser los primeros. Las fuentes explican que fue una cuestión de minutos que el PP ingresara primero, pero esa velocidad les pone como capitanes de un barco, cuanto menos a la deriva, pues pidieron la personación creyendo que podrían ‘hundir’ al PSPV con acusaciones de financiación irregular. Pero nada más lejos de la realidad, pues en su auto de admisión de personación, la juez del caso no solo advertía que no existe tal delito ni se investiga en la causa, sino que quienes se personen con esas previsiones se encontrarán con un muro.

De hecho, y aunque ni Vox ni PP han entrado todavía en esa tesitura, ambos, aunque han abonado la fianza, han recurrido el auto por dos motivos. Los deos partidos consideran excesiva la fianza de 10.000 euros pero, el segundo motivo y más interesante es que, los dos, no quieren que haya una sola dirección letrada. Es decir, con la victoria sobre la linea del PP, sería su abogado el que entraría en la causa y Vox deberá ir a la zaga. Este hecho molesta a ambos partidos.

El auto

En el escrito presentado por el Partido Popular se especificaban las razones o motivos para personarse, pero según el auto de la juez, estas razones se esgrimían “de forma escuetísima y se invocan, como objeto de instrucción, una serie de delitos que, teniendo en cuenta la fecha de los hechos, ni tan siquiera las conductas integradoras de los tipos penales invocados eran merecedoras de reproche penal”.

En ese mismo auto, proseguía la magistrada diciendo que, de las razones de su personación únicamente hay constancia, en un comunicado de la agencia EFE del 27 de enero de 2023, de que el Partido Popular se personaba como acción popular ante el juzgado encargado del caso Azud, “que investiga la supuesta financiación irregular del PSPV-PSOE, porque quieren saber la verdad. Carlos Mazón, tras afirmar que en el caso no hay ningún diputado popular investigado ni imputado, ha insistido (…)en saber la verdad porque estamos hablando de supuestamente decenas de millones de euros de mordidas a favor de las cuentas del partido socialista durante decenas de años, nos hemos personado porque tenemos derecho a saber la verdad, sobre todo la ciudadanía tiene derecho a saberla”.

Es en ese momento donde la magistrada adviertía que no hay delito de financiación y que no tolerará tonterías: “si esa es la causa o razón de su personación desde luego nada tiene que ver con la instrucción de la presente causa cuyos hechos penalmente relevantes se encuentran fijados y a ellos habrá que atenerse, pues en este punto ninguna desviación se va a permitir cuando el Ministerio Fiscal está ejercitando el “ius puniendi” del Estado cumpliendo las obligaciones inherentes a su cargo".

En el auto, al que tuvo acceso ElPlural.com, la juez, pese a reconocer el derecho del partido de extrema derecha Vox a personarse ya que, artículo 101 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal dispone que la acción penal es pública, y que todos los ciudadanos españoles pueden ejercitarla con arreglo a las prescripciones de la ley, también les decía que, el “partido político Vox, deberá exponer, en el escrito que a tal efecto presente, siquiera mínimamente, las razones o motivos que le llevan a personarse en la presente causa como acusación popular”.

Los motivos de Vox

En el auto, la juez también le dejaba un 'recadito' a Vox. Aseguraba que, en el escrito presentado por el partido, interesando su personación, "ni tan siquiera se expone algún motivo o razón para ello, simplemente alega que no precisa formular querella para personarse y que esta exento de presentar fianza. Con estos mimbres se desconoce cual es su pretensión, pero es de advertir, que concurre una circunstancia que, a juicio de esta instructora, en principio suscita recelo, cual es la estrecha relación de dicho partido político con uno de los principales investigados en el presente procedimiento, en concreto con José María Corbin, principal investigado y eje sobre el cual ha pivotado la totalidad de la  causa, a mayor abundamiento, cuñado de la alcaldesa de Valencia en la época en que sucedieron los hechos".

Dicha relación, explicaba la juez se evidenció cuando se produjeron las imputaciones a Corbin y a su hija María Rita Corbin, entre otros miembros de su familia, pues en una información fechada el 4 de abril de 2019, el partido Vox afirmó que ambos “son militantes de base y no están en ninguna de las dos listas ya presentadas: ni de las autonómicas ni de las generales”.