La magistrada del caso Azud ha acordado la personación del PP y Vox como acusaciones populares pero con condiciones: la primera, una fianza de 10.000 euros; la segunda, que solo podrá haber una dirección letrada, es decir un solo abogado, que será el del primero que pague el dinero. Además de las condiciones, el auto también advierte que no se está investigando la financiación en B del PSPV, hecho que ya publicó este periódico. Este caso investiga el presunto amaño sistemático de contratos en el Ayuntamiento de Valencia por parte de José María Corbín, cuñado de la que fuera alcaldesa, Rita Barberá, y el que fuera mano derecha de Barberá en el consistorio, el exvicealcalde, Alfonso Grau

Pero, pese a que el grueso de la investigación se centra en el amaño de contratos bajo el gobierno del PP, las formaciones políticas han pedido personarse por un informe de la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil en el que, los agentes, afirman que el empresario supuestamente corruptor, Jaime Febrer, también habría pagado mordidas al PSPV para el pago de las campañas de 2007 y 2011, pero no se investiga una financiación irregular, sino un delito de cohecho. Un informe que no representa ni el 1% del sumario, que actualmente tiene más de 700 tomos, pero que tanto PP como Vox están estirando como un chicle de cara a las elecciones autonómicas y municipales.

En el escrito presentado por el Partido Popular se especifican las razones o motivos para personarse “de forma escuetísima y se invocan, como objeto de instrucción, una serie de delitos que, teniendo en cuenta la fecha de los hechos, ni tan siquiera las conductas integradoras de los tipos penales invocados eran merecedoras de reproche penal”, afirma la magistrada.

Prosigue diciendo que, de las razones de su personación únicamente hay constancia, en un comunicado de la agencia EFE del 27 de enero de 2023, de que el Partido Popular se personaba como acción popular ante el juzgado encargado del caso Azud, “que investiga la supuesta financiación irregular del PSPV-PSOE, porque quieren saber la verdad. Carlos Mazón, tras afirmar que en el caso no hay ningún diputado popular investigado ni imputado, ha insistido (…)en saber la verdad porque estamos hablando de supuestamente decenas de millones de euros de mordidas a favor de las cuentas del partido socialista durante decenas de años, nos hemos personado porque tenemos derecho a saber la verdad, sobre todo la ciudadanía tiene derecho a saberla”.

Es en ese momento donde la magistrada advierte que no hay delito de financiación y que no tolerará tonterías, "si esa es la causa o razón de su personación desde luego nada tiene que ver con la instrucción de la presente causa cuyos hechos penalmente relevantes se encuentran fijados y a ellos habrá que atenerse, pues en este punto ninguna desviación se va a permitir cuando el Ministerio Fiscal está ejercitando el “ius puniendi” del Estado cumpliendo las obligaciones inherentes a su cargo".

En el auto, al que ha tenido acceso ElPlural.com, la juez, pese a reconocer el derecho del partido de extrema derecha a personarse ya que, artículo 101 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal dispone que la acción penal es pública, y que todos los ciudadanos españoles pueden ejercitarla con arreglo a las prescripciones de la ley, también les dice que, el “partido político Vox, deberá exponer, en el escrito que a tal efecto presente, siquiera mínimamente, las razones o motivos que le llevan a personarse en la presente causa como acusación popular”.

Motivos políticos

Sobre los partidos, dice el auto que, si un partido político es instrumento fundamental de la participación política y de la formación de la voluntad popular, dichos elementos “determinan los límites de su actuación legítima, de ahí que el ejercicio de la acción popular por parte de los partidos políticos pueda tener la consecuencia contraria a los fines establecidos por la ley ya que se produciría la consecuencia de una usurpación de la participación ciudadana en la administración de Justicia por una de sus vías cual es el ejercicio de la acción popular”.

O, lo que es lo mismo, “debe prevenirse en un proceso penal que el ejercicio de la acción popular sea utilizado como medio de presión ante la opinión pública contra un partido que tenga a uno de sus miembros sometidos al proceso. Bajo estos parámetros debe examinarse la personación como acusación popular que se intenta por los partidos políticos Partido Popular y Vox”.

Es en ese momento, cuando la juez explica que, “ninguno de los partidos ha intentado personarse, por lo menos desde el levantamiento del secreto, personándose en este momento cuando nos encontramos inmersos en pleno período electoral, de lo que podría inferirse los verdaderos motivos de dichas personaciones”.

Sospechas contra Vox

En el auto, la juez también le deja un 'recadito' a Vox. Asegura que, en el escrito presentado por el partido, interesando su personación, "ni tan siquiera se expone algún motivo o razón para ello, simplemente alega que no precisa formular querella para personarse y que esta exento de presentar fianza. Con estos mimbres se desconoce cual es su pretensión, pero es de advertir, que concurre una circunstancia que, a juicio de esta instructora, en principio suscita recelo, cual es la estrecha relación de dicho partido político con uno de los principales investigados en el presente procedimiento, en concreto con José María Corbin, principal investigado y eje sobre el cual ha pivotado la totalidad de la  causa, a mayor abundamiento, cuñado de la alcaldesa de Valencia en la época en que sucedieron los hechos".

Dicha relación, explica la juez se evidenció cuando se produjeron las imputaciones a Corbin y a su hija María Rita Corbin, entre otros miembros de su familia, pues en una información fechada el 4 de abril de 2019, el partido Vox afirmó que ambos “son militantes de base y no están en ninguna de las dos listas ya presentadas: ni de las autonómicas ni de las generales”.