El informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil sobre el caso Begoña, al que ha accedido ElPlural, ha llegado con la rocambolesca instrucción del juez Juan Carlos Peinado, corregido en más de una ocasión por la Audiencia Provincial de Madrid, cerrada y coincidiendo con la publicación del sumario completo del caso Plus Ultra, en el que se ha visto imputado el expresidente José Luis Rodríguez Zapatero. Más de 300 páginas en las que los investigadores eximen a la mujer del presidente del Gobierno de algunas acusaciones, pero refuerzan otras.

La UCO considera que la esposa de Pedro Sánchez siguió todos los trámites normativos correctos para la creación de la Cátedra en la Universidad Complutense de Madrid (UCM), que no existen ingresos opacos, no justificados o comisiones de las que pudiese beneficiarse a través de este desempeño y que no pudo haber enriquecimiento ilícito. Sin embargo, deja abierta la puerta a que la sociedad de Gómez, Transforma TSC, que comparte nombre con la Cátedra, se apropiase intelectualmente del nombre, marca y dominio del software al no haber seguido el proceso correcto, establecido por la universidad, para su registro.

“La Plataforma estaría en disposición de haber sido reconocida como producto susceptible de protección de su propiedad intelectual desde al menos la finalización de la fase desarrollo, más teniendo en cuenta la extensión de la protección que establece la ley a versiones posteriores del programa. Por el contrario, desde la Cátedra, como responsables de proyecto, no solo no habría seguido el proceso establecido por la titular de los derechos, la UCM, sino que además se llevaron a cabo acciones de divulgación que habrían afectado a la propiedad intelectual de la Plataforma”, apunta el informe.

La UCO certifica que el software se ofrecía de forma gratuita a pequeñas y medianas empresas y que no se obtuvo dinero por él, pero señala que se puso en funcionamiento sin estar debidamente registrado a nombre de la UCM, lo que podría suponer un perjuicio para la universidad. “Toda vez que el desarrollo de la Plataforma fue dado por finalizado -sujeto a modificaciones derivadas de incidencias detectadas a posteriori-, se sometió a un proceso de pruebas funcionales. En última instancia, la herramienta fue puesta a disposición de grupos de pymes, mediante talleres promocionales y del público general a través del portal web www.transformatsc.org”, expone.

Asimismo, la UCO señala que el registro del logo Transforma TSC habría sido solicitado y registrado a nombre Begoña Gómez. Logo muy similar al de la sociedad mercantil con el mismo nombre, que la Guardia Civil apunta a que “llegó a mantener una actividad comercial” durante un corto periodo, también registrado por la mujer del presidente del Gobierno. Si bien los investigadores reconocen que "no resulta posible determinar el objeto de esta facturación ni, tampoco, la posible vinculación que esta pudiera tener con la actividad que se podría haber desarrollado a través o como consecuencia de su registro en la plataforma".

Contratos con Deloitte

La UCO señala también dos contratos suscritos por la UCM con la consultora Deloitte, uno de clase menor (14.999 euros) y otro adjudicado a través de un expediente abierto simplificado. Las adjudicaciones, recoge el informe, “no solo estaban premeditadas sino que: la consultora ya había iniciado sus funciones con anterioridad a la adjudicación del primer contrato; la prestación real de sus servicios no guardó relación con los plazos formales de ejecución de ambos contratos; los requisitos y condiciones exigidos para ambos contratos -en su invitación a ofertar y en los pliegos, respectivamente -se amoldaron a las condiciones predefinidas por Deloitte y la Cátedra, incluido el precio”.

Además, los investigadores aseveran que, “incluso, se deduce de la secuencia de hechos analizada que se habrían solicitado ofertas de forma simulada o en unas condiciones que propiciaron una limitación de la concurrencia al resto de licitadores y en beneficio de Deloitte”. “En línea con lo anterior, se producen discordancias entre el desempeño real de los servicios y los contratos formalizados. En ese sentido, no se identifican elementos de los que se desprenda que durante el plazo formal de ejecución del segundo de los expedientes Deloitte desarrollase alguna de las funciones para las que fue contratado”, añaden.

La UCO considera que ambos expedientes “se habrían elaborado como un mero marco administrativo conformado a los únicos efectos de dotar de apariencia de legalidad a la contratación de estos servicios, la cual se habría llevado a cabo nuevamente al margen del procedimiento establecido en la normativa”. Es decir, que Deloitte habría sido la elegida y, a posteriori, se habría montado una legalidad ficticia para justificar su contratación.

Síguenos en Google Discover y no te pierdas las noticias, vídeos y artículos más interesantes

Síguenos en Google Discover

Añadir ElPlural.com como fuente preferida de Google.

Mantente informado con las últimas noticias de actualidad.

Activar ahora