Begoña Gómez, mujer del presidente del Gobierno, sigue inmersa en su defensa de las acusaciones de malversación, corrupción en los negocios, tráfico de influencias y apropiación indebida impulsadas por el juez Juan Carlos Peinado. Su defensa, a cargo de Antonio Camacho, ha presentado este lunes un nuevo escrito, al que ha tenido acceso ElPlural, en el que le recuerda al responsable de la causa que ya colaboraba con la Universidad Complutense de Madrid (UCM) antes de que Pedro Sánchez ostentase ningún cargo público, por lo que considera que “no procede la imposición de pena ni sanción de ninguna clase”.
“Gómez inició su colaboración con la UCM en el año 2012, momento en el que su cónyuge no ostentaba responsabilidad pública alguna. Su vinculación inicial con la UCM fue en calidad de codirectora de estudios de Formación Continua de Técnico de Fundraising, durante los cursos académicos 2012/2013 y 2013/2014, para pasar posteriormente a ejercer como codirectora del Máster Propio en Dirección de Fundraising Público y Privado en Organizaciones sin Ánimo de Lucro, en once ediciones consecutivas, hasta la incoación de la presente causa penal en abril de 2024”, expone el escrito de la defensa.
Gómez va más allá y apunta a que, en 2018, cuando Sánchez accedió a la Moncloa, solicitó una excedencia en la empresa Inmark, en la que también se desempeñaba con cargos de dirección, “con la finalidad expresa de evitar cualquier conflicto de intereses derivado de la posición institucional” de su marido. Estos hechos, a los que suman la constitución legal de la cátedra universitaria y el registro del software utilizado, consideran que “no son constitutivos de delito alguno”, igual que tampoco consideran que lo sean los que se atribuyen a su asesora, Cristina Álvaraez, o a Juan Carlos Barrabés.
“La conducta atribuida a mi representada no reúne los elementos objetivos ni subjetivos exigidos por ninguno de los tipos penales invocados por las acusaciones”, recoge el escrito, que considera que “procede el dictado de sentencia absolutoria”. Al respecto, “suplica al juzgado” que, atendiendo a lo presentado, se admita el texto como “escrito de conclusiones provisionales de la defensa” de Gómez y “se proceda al dictado de sentencia absolutoria con todos los pronunciamientos favorables, incluido el levantamiento de cualesquiera medidas cautelares que pudieran estar vigentes”.
Pago de las costas
La defensa de Gómez también considera necesario “imponer las costas a la acusación”, al considerar que estas han incurrido en “el mantenimiento infundado de la misma” para someter a la mujer del presidente del Gobierno “a un procedimiento de singular gravedad y repercusión”. “La temeridad de las acusaciones se ha puesto de manifiesto a lo largo de todo el procedimiento puesto que ha existido una inexistencia absoluta de base indiciaria suficiente desde el inicio”, trasladan.
“Las acusaciones sostienen su pretensión punitiva a pesar de que los elementos de prueba obrantes en la causa, valorados en su conjunto, resultan manifiestamente insuficientes para sustentar los tipos penales imputados”, ahonda el escrito. Asimismo, aseguran que “la mala fe de las acusaciones resulta igualmente apreciable en la medida en que la acción penal fue ejercitada y ha sido mantenida con fines distintos a la legítima persecución del delito, instrumentalizando el proceso penal como mecanismo de presión y de generación de daño reputacional para mi representada, sin que existiera una correlación real entre los hechos investigados y las gravísimas calificaciones jurídicas sostenidas”.
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