En el marco de la causa que investiga la gestión de la DANA, este martes la juez que dirige la investigación en el juzgado de Catarroja, Nuria Ruiz Tobarra, ha dictado un auto en el que pone de manifiesto el desconocimiento por parte del agitador ultra Rubén Gisbert en diferentes sentidos, pero, especialmente, en la ubicación del Barranco del Poyo a su paso por este municipio valenciano.
En el escrito, la magistrada recrimina a este polémico youtuber y agitador -fue despedido del programa de Iker Jiménez por mancharse adrede de barro el día de después de la trágica DANA- su desconocimiento sobre las circunstancias que se dieron posterior al fallecimiento de la madre de uno de sus representados. Mientras que Gisbert apuntaba a que el cuerpo fue trasladado a la parte superior de la vivienda, la juez aclara en el auto que fue trasladado a la casa de un vecino.
Al margen de ello, en este auto la magistrada pone especial atención a las declaraciones que ha ido vertiendo el agitador ultra sobre la ubicación del Barranco del Poyo. En un escrito en el que solicitaba la imputación de la alcaldesa de Catarroja -lo cual ha sido rechazado este martes por la juez-, Gisbert señalaba que este barranco es "visible" desde las ventanas del juzgado del municipio. Sin embargo, la magistrada subraya que esto evidencia "el desconocimiento de la ubicación del propio barranco del Poyo a su paso por Catarroja". "Desde ninguna de las ventanas de este edificio del Tribunal de Instancia de Catarroja se puede contemplar el barranco, como erróneamente afirma" Rubén Gisbert, agrega la juez en el auto.
Asimismo, la magistrada insiste en que "ahí no acaba el desconocimiento del letrado respecto del barranco del Poyo", ya que este llegó a afirmar que este barranco cruza el municipio "de lado a lado", cuando lo cierto es que "constituye el límite" entre Catarroja y Massanassa. "No cruza el pueblo de lado a lado. A diferencia del caso de las poblaciones de Paiporta o Chiva en las que el barranco efectivamente cruza por dichas poblaciones", agrega la jueza.
Con motivo de todo ello, en el auto la magistrada advierte de que "si se desconoce el territorio, en este caso el lugar por donde discurre el barranco del Poyo, difícilmente se puede analizar lo sucedido ni atribuir responsabilidades a los intervinientes [en la toma de decisiones]". Así, la resolución se refiere al "desconocimiento de dicha representación de la normativa y el desarrollo de la emergencia".
En otro orden de cosas, la magistrada recrimina a Gisbert que "como tónica habitual" dedique a la juez un "torrente de descalificaciones y acusaciones de toda índole". Con ello, cabe recordar que este agitador llegó a querellarse contra la instructora y contra su marido, el juez Jorge Martínez Ribera. No obstante, la Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana archivó la querella y la magistrada advirtió de que el objetivo de agitador con ello era “dinamitar” la causa.
Asimismo, la magistrada insiste de nuevo en la falta de responsabilidad de los alcaldes de los municipios afectados por la DANA al no ostentar "posición de garante" ante la emergencia y subraya que era la Generalitat Valenciana la que tenía la "tarea" de "coordinación de la emergencia".
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